JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

GERVASI DARIO FABIAN c/ MASSALIN PARTICULARES S.A. s/ COBRO DE PESOS

El actor promovió demanda por cobro de pesos contra Massalin Particulares S.A. La Corte declaró inadmisible el recurso de queja por casación denegada por omisión de la documentación exigida por el art. 140 del CPL, impidiendo verificar la tempestividad del recurso de casación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Laboral y Contencioso Administrativo (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Laboral y Contencioso Administrativo
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
C78/16-Q1
Recurso de queja Casacion denegada Inadmisibilidad Plazo perentorio Art. 140 cpl Notificacion Cedula Cobro de pesos Massalin particulares s.a. Tramite procesal laboral

¿Quién es el actor?

Darío Fabián Gervasi (representado por el letrado Martín Tadeo Tello).

¿A quién se demanda?

Massalin Particulares S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos.

¿Qué se resolvió?

Se declaró inadmisible el recurso de queja por casación denegada interpuesto por la parte actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I.- El letrado Martín Tadeo Tello, invocando la representación de la parte actora, plantea recurso de queja contra la resolución de la sala II de la Cámara de Apelación del Trabajo del Centro Judicial Concepción de fecha 16 de octubre de 2020, que declaró que declaró inadmisible el recurso de casación deducido por la parte actora contra la sentencia de ese mismo Tribunal de fecha 21 de diciembre de 2018."

"II.- De acuerdo a las constancias del sistema informático SAE el recurrente presentó la queja en el plazo establecido en el art. 140 del Código Procesal Laboral –en adelante, CPL–, pero no se acompañaron la totalidad de las copias de los instrumentos que la misma norma manda adjuntar al recurso de queja por casación denegada."

"En el caso que nos ocupa, la recurrente no acompañó la copia de la cédula de notificación en el domicilio real de la parte actora ni copia de la eventual diligencia personal de notificación en el expediente (cfr. art. 17, inc. 7, CPL) de la sentencia impugnada en casación. La presentación de dicho instrumento es necesaria a fin de analizar si el recurso de casación ha sido interpuesto en tiempo oportuno, de manera que la omisión apuntada impide a este tribunal verificar tal circunstancia, incumpliendo con ello la exigencia impuesta por el art. 140, CPL. Además, se advierte que tampoco se acompañaron copias del recurso de casación interpuesto ante la Cámara de Apelación del Trabajo, sino sólo de la página donde consta la doctrina legal propuesta por el recurrente, el petitorio y el cargo actuarial de recepción."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia; la sentencia fue firmada por la Dra. Claudia Beatriz Sbdar (Presidenta), Dr. Antonio D. Estofán (Vocal) y Dra. Eleonora Rodríguez Campos (Vocal).

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.