SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES LA BANDA S.R.L. c/ CONSORCIO PUBLICO METROPOITANO G.I.R.S.U. s/ ESPECIALES (RESIDUAL)
La actora promovió acción de fijación judicial de plazo para que el CONSORCIO GIRSU ejecute la Resolución N°02/14 respecto de la limpieza y traslado de 17.943 toneladas de RSU desde la planta de Pacará Pintado. La Cámara –en cumplimiento de la casación– rechazó la demanda por considerar no viable ambientalmente el traslado sin un “detallado tratamiento ambiental”, fundándose en informes y testimonios de la SEMA que desaconsejan la remoción.
¿Quién es el actor?
SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES LA BANDA SRL (actora).
¿A quién se demanda?
CONSORCIO PÚBLICO METROPOLITANO G.I.R.S.U. (GIRSU).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de fijación judicial de plazo y cumplimiento de la Resolución N°02/14 (11/04/2014) que ordenó iniciar diligencias administrativas y presupuestarias para la limpieza de la Playa de Transferencia de la Planta de Pacará Pintado mediante el traslado de 17.943 toneladas de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) hacia la planta de disposición final de Overo Pozo.
¿Qué se resolvió?
NO HACER LUGAR a la demanda; se imponen las costas a la actora. Se reserva regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo:
"El Alto Tribunal, al hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la representación letrada del Consorcio Público Metropolitano GIRSU (en adelante el Consorcio o GIRSU) sentó la siguiente doctrina legal: 'Es arbitraria, y por ende nula, la sentencia que omite una valoración integral y fundada de las constancias de la causa, conducentes para la solución del pleito'... Por lo expresado, y sin que ello signifique sugerir juicio alguno sobre la procedencia o no de la demanda, corresponde Hacer Lugar al recurso de casación interpuesto por la demandada y, consecuentemente, Casar la sentencia recurrida... y Reenviar los autos a la Cámara de origen a fin de que... dicte, en lo pertinente, nuevo pronunciamiento."
"Se sostiene como inviable la remoción y traslado de RSU fuera de la Planta de Pacará Pintado a otro predio para su disposición final sin un detallado tratamiento ambiental y sin aptitud para otros emprendimientos, ya que conducirán a expandir los impactos sobre el ambiente, diferir las soluciones o trasladar el tratamiento de temas tan necesarios para la protección de la salud pública y el cuidado del medioambiente" (informe del Coordinador del Plan GIRSU, Ing. Rongetti, SEMA, 03/05/2023).
"No consta que no esté autorizada o prohibida la afectación de las celdas de disposición final de la Planta de RSU de Overo Pozo para el traslado de RSU con 10 o más años de antigüedad. No obstante desde el punto de vista técnico no es aconsejable remover basura que ya ha sido PASIVADA y/o INERTIZADA en su sitio natural... Dado que se acumularían residuos en las celdas que actualmente se encuentran activas en Overa Pozo disminuyendo su vida útil con basura ya degradada" (declaración testimonial del Ing. Alfredo Montalván, Secretario de Estado de la SEMA, 17/04/2023).
"De ello se desprende que la realización de un tratamiento ambiental previo constituye una condición necesaria para habilitar el traslado. Ergo, si no se realiza el tratamiento ambiental de los RSU -que está probado que no se llevó a cabo- su remoción no debería ser efectivizada."
"Al respecto... en atención a que está debidamente probada en autos la inconveniencia de la limpieza y el consiguiente traslado de los RSU de Pacará Pintado dispuesta mediante la Resolución n° 02/14, sin un detallado tratamiento ambiental; es lógico concluir que la demanda tendiente a lograr que se fije un plazo para el cumplimiento de lo ordenado por dicho acto administrativo no puede prosperar."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia; la Dra. María Felicitas Masaguer adhiere y vota en el mismo sentido que la preopinante Dra. Ana María José Nazur.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.