ALTAMIRANDA ANTONIA ARMINDA Y OTROS c/ CHAVARRIA PONCE NICOLAS EDUARDO Y OTRO s/ DAñOS Y PERJUICIOS
La parte actora impugnó cuantificaciones indemnizatorias por fallecimiento y daño moral en autos por daños y perjuicios derivados de un siniestro vial. La Corte casó parcialmente la sentencia de Cámara respecto de los montos y su actualización por arbitrariedad en la compensación con beneficios previsionales y por insuficiencia razonada del quantum del daño moral, y remitió las actuaciones para nueva liquidación.
¿Quién es el actor?
Antonia Arminda Altamiranda y otros (coactores: Claudia Verónica Guzmán, Carlos Ariel Guzmán y César Antonio Guzmán).
¿A quién se demanda?
Provincia de Tucumán y Nicolás Eduardo Chavarría Ponce; citada en garantía: Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnizaciones por “indemnización por fallecimiento”, “daño moral” y “gastos de sepelio” por la muerte de Antonio Demetrio Guzmán en colisión con móvil policial (hecho del 11/05/2017).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la parte actora; se casó parcialmente la sentencia de la Cámara (puntos II y III resolutivos) únicamente en lo relativo a los montos de los rubros “indemnización por fallecimiento” y “daño moral”, así como sus intereses y forma de actualización, y se remitieron los autos a la Cámara para que dicte nuevo pronunciamiento. Se impusieron las costas de la instancia y se reservó regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Dispositivo final (transcripción literal):
"I. HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto el 10/02/2025 por la parte actora contra la sentencia n° 1774 del 18/12/2024 de la Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo; en consecuencia, CASAR PARCIALMENTE la sentencia mencionada, punto II y III resolutivo (únicamente en la parte que refiere a los montos de los rubros daño “indemnización por fallecimiento” y “daño moral”, así como sus intereses y forma de actualización), conforme a la doctrina legal expresada en los considerandos, y REMITIR los autos a la Cámara a fin de que, por intermedio de la Sala que por turno corresponda, dicte, en lo pertinente, nuevo pronunciamiento.
II. COSTAS de esta instancia, como se consideran.
III. RESERVAR pronunciamiento sobre regulación de honorarios para su oportunidad."
2) Doctrina sobre no compensación con beneficios previsionales (transcripción literal relevante):
"Esta Corte tiene dicho ...: 'No existe ninguna razón jurídica que autorice a compensar los beneficios previsionales que pueda corresponder percibir a la víctima ... con la indemnización que le fuera debida en concepto de daño resarcible por la comisión de un delito. El origen y finalidad de ambas percepciones son distintas: la obligación de indemnizar el daño causado tiene su origen en el hecho ilícito ...' "
3) Fundamento sobre arbitrariedad del quantum por daño moral (transcripción literal relevante):
"Es arbitraria la sentencia que concede una indemnización por daño moral que no ostenta una extensión congruente y acorde con la entidad del daño acreditado" y, en desarrollo, "la cuantificación del daño moral, estimado por la propia Cámara en la suma de $9.648.720 incluidos intereses al 18/12/2024 ... transgrede el principio de reparación integral y no constituye una derivación razonada del derecho vigente."
¿Cómo votaron los jueces?
unanimidad de la Sala (votos de las Dras. Sbdar y Rodríguez Campos y del Dr. Leiva), adoptando los fundamentos desarrollados en el voto preopinante de la Dra. Sbdar.
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