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Cámara de Apelaciones

GALVAN GLADYS DEL VALLE c/ VELARDEZ RUTH PATRICIA Y OTROS s/ REIVINDICACION

La actora promovió acción de reivindicación sobre la Unidad n°1, Planta Baja del inmueble sito en San Martín 848, apoyada en escritura pública emanada de un juicio de escrituración. La Cámara confirmó la sentencia de grado que declaró la nulidad por cosa juzgada írrita de la escrituración por maniobras fraudulentas (pericia caligráfica y ocultamiento de domicilios/fallecimientos) y rechazó la demanda de reivindicación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
911/20
Reivindicacion Nulidad de cosa juzgada Pericia caligrafica Fraude procesal Notificacion Prescripcion adquisitiva (abstracta) Costas Escritura publica Autoridad de cosa juzgada Prueba pericial

¿Quién es el actor?

Gladys del Valle Galván (actora en la reivindicación y apelante).

¿A quién se demanda?

Patricia del Valle Vasquez, José Salvador Velardez y demás ocupantes/posibles herederos (en la reivindicación y en la acción autónoma de nulidad promovida por éstos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reivindicación de la Unidad n°1, Planta Baja del inmueble ubicado en calle San Martín 848, Banda del Río Salí; en autos conexos, declaración de nulidad por cosa juzgada írrita de la sentencia y escritura base del proceso de escrituración.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por Galván; se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de nulidad por cosa juzgada írrita (anulando desde el traslado de la demanda, incluida la sentencia de escrituración de fecha 04/07/2018) y rechazó la acción de reivindicación por falta de título. Se impusieron costas a la apelante y se reservó regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Sobre la procedencia de la acción autónoma de nulidad y el vicio esencial:

"El ejercicio de la acción autónoma de nulidad supone que a determinada persona afecta lo dispuesto en una resolución, dictada en juicio, sin que se la haya escuchado, o, que se haya obviado su actuación. Procura la declaración de invalidez de todo un proceso, incluyendo el pronunciamiento en el recaído, pasado en autoridad de cosa juzgada, cuando el mismo ha llegado a su culminación merced a inaceptables irregularidades frustrantes generalmente de la garantía de defensa... y asimismo que fuere obtenida mediante dolo, fraude, violencia, error esencial de derecho o una verdadera estafa procesal que conlleve a una obligada indefensión absoluta."

2) Sobre la valoración de la pericia caligráfica y la prueba:

"En el caso, la sentencia de grado... ponderó la prueba pericial caligráfica para establecer la existencia de un vicio congénito insalvable en la causa fuente de la obligación de escriturar, como es la determinación por el especialista de que las firmas insertas en el boleto de venta-cesión del 10/01/1997 -base del proceso de escrituración- no pertenecerían a la mano caligráfica de los Sres. Dalmacio Fidel Velárdez y Teresa Nélida Velárdez... Para que las observaciones formuladas por la apelante tuvieran favorable acogida, era menester aportar al expediente probanzas de similar o mayor rigor técnico o científico que desmerezcan las conclusiones alcanzadas en el peritaje, pruebas que -al no haber sido incorporadas al proceso-, determinan que no puedan ser consideradas."

3) Sobre las irregularidades en la notificación y conducta de la actora:

"A lo anterior se añade la expresa consideración sentencial... referida a que la conducta de la Sra. Galván, al incumplir lo que le fuera requerido mediante proveídos de fechas 31/10/2024 y 18/11/2024 (presentación del original del boleto que debía cotejarse), serían valorados en esa ocasión... La contradicción priva de verosimilitud al relato. ... En suma, las irregularidades e inconductas advertidas, resultan en detrimento del derecho de defensa de las partes accionadas en el juicio de escrituración, mientras que la falsedad de las firmas insertas en el instrumento base de la acción, exhibe el daño cierto a los afectados..."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia fue resuelta por coincidencia entre el primer y segundo votante (Dres. Álvaro Zamorano y Marcela F. Ruiz), quienes votaron por confirmar la sentencia de grado; la Dra. Laura A. David fue sorteada como tercera vocal pero no integra la mayoría decisoria consignada en el bloque resolutorio.

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