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Tribunal Superior

SALAS CARLOS SUCESORIO - RECURSO DE CASACION.-

El Sr. Ministro del Superior Tribunal solicitó excusación por estar vinculado por parentesco con letrados de la parte demandada en un expediente sucesorio. El Tribunal hizo lugar a la excusación por configurarse la causal prevista en el art. 17 inc. 1º del CPC y C y dispuso su apartamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 141644/3
Excusion Recusacion Art. 17 cpc y c Parentesco segundo grado de afinidad Apartamiento Sucesorio Superior tribunal de justicia Intervencion de letrados Tramite incidental Resolucion interlocutoria

¿Quién es el actor?

No corresponde (se trata de un incidente de excusación promovido por un miembro del Tribunal).

¿A quién se demanda?

Letrados de la demandada en la causa principal: Dres. María Laura Cacace y Diego Jorge Martín Cacace; expediente caratulado “SALAS CARLOS s/ SUCESORIO”.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de excusación del Sr. Ministro Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez por vínculo de parentesco en segundo grado de afinidad con abogados intervinientes.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excusación solicitada y se ordenó su registro y notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que a fs. 358, el Sr. Presidente de este Superior Tribunal, Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez, advierte que en la causa han intervenido los Dres. María Laura Cacace y Diego Jorge Martín Cacace, letrados de la demandada, con quien está vinculado por doble causal de parentesco en segundo grado de afinidad, por lo que, de conformidad a lo dispuesto por el art. 17 inc. 1º del CPC y C, solicita se lo excuse de entender en la presente causa."

"Que dado lo manifestado, constancias de autos de fs. 334/337 (cargo de fecha 07/11/2014), surge acreditada la intervención de los Dres. María Laura Cacace y Diego Jorge Martín Cacace, circunstancia que amerita la aceptación del pedido de apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal del art. 17 inc. 1 del CPC y C."

"Por ello, SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por el Sr. Ministro de este Superior Tribunal, Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE."

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