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Tribunal Superior

INCIDENTE DE TERCERIA DE DOMINIO EN AUTOS: LOPEZ CLAUDIA BEATRIZ C/ BELFIORE MARIO FRANCISCO S/ ESCRITURACION - RECURSO DE QUEJA.-

Incidente de excusación solicitado por el Sr. Ministro OMAR ESTEBAN URÍA por vinculación familiar y actuación de sus hijos como apoderado y patrocinante de la parte demandada. El Superior Tribunal aceptó la excusación por configurarse la causal prevista en el art. 17 inc. 1º y art. 30 del CPC y C.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 274554/14
Excuso/recusacion Art. 17 inc.1? cpc y c. Art. 30 cpc y c. Conflicto de intereses Parentesco 1? grado Apoderado Patrocinante Incidente de tercera Escrituracion Civil y comercial

¿Quién es el actor?

El Sr. Ministro del Superior Tribunal, Dr. OMAR ESTEBAN URÍA, formuló la excusación.

A quién se demanda (Demandado / parte afectada): Incidente en los autos principales caratulados "LÓPEZ CLAUDIA BEATRIZ c/ BELFIORE MARIO FRANCISCO s/ ESCRITURACION – RECURSO DE QUEJA" (la parte demandada en autos: BELFIORE MARIO FRANCISCO).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicita la aceptación de la excusación del Ministro Uría por encontrarse comprendido en la causal de impedimento por parentesco y actuación profesional de sus hijos en representación de la parte demandada (art. 17 inc. 1º y art. 30 del CPC y C.).

¿Qué se resolvió?

Aceptar la excusación formulada por el Sr. Ministro OMAR ESTEBAN URÍA. REGISTRESE y NOTIFIQUESE.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que a fs. sub. 34, surge pedido de excusación del Sr. Ministro del Superior Tribunal, Dr. OMAR ESTEBAN URÍA, advirtiendo que sus hijos, la Dra. PABLO ANDRÉS URIA y LUCIANA URIA, con quien se encuentra vinculado por parentesco en 1° grado de consanguinidad, a fs. sub. 5/sub.9, han intervenido como apoderado y patrocinante de la parte demandada, contando actualmente con poder de representación de la misma."

"Que conforme a lo manifestado y a lo ya resuelto en autos “Mercau María del Rosario y Otro c/ Municipalidad de la Villa de Merlo – Demanda de Inconstitucionalidad” Expte. 45-M-07 – IURIX N° 187075/10, solicita a este Alto Cuerpo, se haga lugar a la excusación formulada, por encontrarse comprendido en la causal de los arts. 17 inc. 1º y 30 del CPC y C."

"Que atento a lo expresado y constancias de fs. sub. 5/sub.9, procede admitir la excusación solicitada, considerando configurada la previsión legal del art. 17 inc. 1° del CPC y C."

"Por ello, SE RESUELVE: Aceptar la excusación formulada por el Sr. Ministro del Superior Tribunal, Dr. OMAR ESTEBAN URIA (arts. 17 inc. 1º y 30 del CPC y C.). REGISTRESE y NOTIFIQUESE.-"

(No constan votos en disidencia en el bloque dispositivo final.)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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