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Tribunal Superior

AGUILERA ALFREDO FELIPE C/ PONCE LILA HERMELINDA- S/ COBRO DE PESOS - LABORAL - RECURSO DE CASACION.-

El actor promovió recurso de casación en causa de cobro de pesos laboral. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la excusación presentada por el Sr. Presidente Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez por la causal prevista en el art. 194 de la Constitución provincial, y dispuso su apartamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 193104/10
Excusa Recusacion Art. 194 constitucion pcia. san luis Casacion laboral Cobro de pesos Apartamiento de magistrado Conflicto de interes Superior tribunal de justicia Firma digital Incidente

¿Quién es el actor?

AGUILERA ALFREDO FELIPE.

¿A quién se demanda?

PONCE LILA HERMELINDA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos - proceso laboral - recurso de casación (carátula: “AGUILERA ALFREDO FELIPE c/ PONCE LILA HERMELINDA s/ COBRO DE PESOS – LABORAL - RECURSO DE CASACIÓN”).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excusación formulada por el Sr. Presidente del Superior Tribunal, Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez, por encontrarse configurada la causal prevista en el artículo 194 de la Constitución de la Provincia; se ordenó registrarse y notificarse. No firma el Dr. Omar Esteban Uría por encontrarse excusado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que a fs. 409, el Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ, en razón de haber tenido participación en las presentes actuaciones, como Camarista, su hijo, el Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez (H), se excusa de entender en la presente causa por estar comprendido en la causal prevista en el Art. 194 de la Constitución de la Provincia."

"Que atento a lo manifestado, y constancias de fs. 351vta, de fecha 29/04/14, procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal del art. 194 de la Constitución de la Provincia."

"Por ello, SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por el Sr. Presidente de este Superior Tribunal, Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE. No firma el Dr. OMAR ESTEBAN URÍA, por encontrarse excusado."

(Se consignan además las firmas digitales de los Dres. Oscar Eduardo Gatica, Néstor Marcelo Milán y José Luis Flores según el sistema de Gestión Informático del Poder Judicial.)

No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva final indicada.

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