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Cámara de Apelaciones

SILVA JESSICA BEATRIZ c/ BRADEL DEL PUEBLO S.R.L. s/ COBRO DE PESOS

La actora promovió demanda laboral por despido indirecto y cobro de pesos reclamando haberes, SAC proporcional, vacaciones proporcionales, indemnización por antigüedad, preaviso y otros rubros por $22.348.926. La Cámara rechazó la apelación de la demandada y confirmó la sentencia de primera instancia, considerando justificado el despido indirecto por la negativa patronal a reconocer el alta médica y la reincorporación, y mantuvo la imposición de costas y la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1256/24
Despido indirecto Alta medica Reincorporacion Violencia laboral Ley 26.485 Costas Honorarios Lct art. 210 Tutela laboral Apelacion confirmada.

¿Quién es el actor?

Jéssica Beatriz Silva (DNI 34.029.785).

¿A quién se demanda?

BRADEL DEL PUEBLO S.R.L. (CUIT 33-70241330-9).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos por rubros laborales derivados de despido indirecto: haberes del mes, SAC proporcional, vacaciones proporcionales, indemnización por antigüedad, preaviso, SAC sobre preaviso, haberes adeudados marzo-junio/2024, entre otros; monto condenado en grado $22.348.926.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y se confirmó la sentencia definitiva N° 1526 de fecha 23/09/2025 (aclarada 25/09/2025 y 03/11/2025). Se impusieron costas de segunda instancia a la apelante y se regularon honorarios de segunda instancia: $1.040.302,59 para el letrado Gonzalo De La Vega y $975.283,56 para la letrada María Gabriela Rosignolo. Sentencia firmada el 04/05/2026.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En la presente causa ya quedó demostrado que no correspondía a la patronal bajo ningún concepto desconocer el alta médica de la actora, toda vez que contaba con alta médica de su médica tratante, había asistido a los controles de la patronal y no se había realizado una junta médica de la SET () Es decir que, frente a la intimación realizada por la accionante a fin de que la empleadora reconozca su alta médica y proceda a la reincorporación laboral, no quedaba otra alternativa a la principal que acreditar en el presente proceso, haber tenido por injustificada el alta médica de la actora o haber solicitado una junta médica de la SET, lo cual no sucedió en el presente caso. Así lo declaro.- ... En consecuencia, el despido indirecto en que se colocó la actora, luce ajustado a derecho, lo que torna procedentes las indemnizaciones reclamadas en su demanda, ya que el rechazo injustificado del alta médica prescrita a la trabajadora y su correspondiente reincorporación laboral, constituye un incumplimiento grave a las obligaciones patronales, lo que configura injuria de suficiente entidad que justificaba la ruptura del vínculo contractual" (sic.).

"La facultad de control no puede ejercerse en avasallamiento de la dignidad y el respeto a la persona y la salud de la trabajadora. Ello en cuanto se trata, en rigor, de una norma destinada a verificar el estado de salud invocado, cuyo ejercicio debe desenvolverse dentro de los límites de la razonabilidad, la buena fe y la finalidad tutelar propia del derecho del trabajo."

"En este escenario, la conducta desplegada por el empleador precedentemente reseñada, encuadra claramente en el supuesto de violencia laboral contra la mujer, previsto en art. 6 inc c) de la Ley 26.485 ... Dicha ley procura, entre otros objetivos, la eliminación de la discriminación entre mujeres y varones ... el derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia; ... el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral' (art. 6, inc. c)."

¿Cómo votaron los jueces?

Voto de la Sra. Vocal Preopinante Graciela B. Corai (fundamentos extensos y decisivos). Voto de la Sra. Vocal María del Carmen Domínguez adhiriendo "en idéntico sentido". Bloque dispositivo final coincide con la mayoría y dispone el rechazo del recurso y la confirmación de la sentencia de grado.

Leyes que cita

  • Ley 26.485Ley de proteccion integral a las mujeres

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