JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

BUSTAMANTE CLAUDIO CEFERINO C/ LA CAJA A.R.T. S.A.- DAÑOS Y PERJUICIOS - RECURSO DE CASACION.-

El actor demandó a LA CAJA A.R.T. S.A. por daños y perjuicios derivados de un supuesto accidente de trabajo. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación por improcedente, sosteniendo que los agravios controvierten valoraciones probatorias y no invocan error de derecho previsto en el art. 287 del CPC y C.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 139396/7
Recurso de casacion Accidente de trabajo Art Valoracion de la prueba Art. 287 cpc y c. Improcedencia Costas Sentencia n? 9/14 (11/06/14) Rechazo Uniformidad jurisprudencial.

¿Quién es el actor?

BUSTAMANTE, CLAUDIO CEFERINO.

¿A quién se demanda?

LA CAJA A.R.T. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción civil por daños y perjuicios por accidente de trabajo (reclamo contra la A.R.T.).

¿Qué se resolvió?

Rechazo del Recurso de Casación interpuesto contra la Sentencia Nº 9/14 (11/06/14). Costas al recurrente (art. 68 CPC y C.). Votación unánime (Dres. Zavala Rodríguez, Uría y Gatica).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es criterio de éste Alto Cuerpo, que si de la lectura del Recurso de Casación se advierte que se plantean cuestiones de naturaleza esencialmente probatoria, estas son ajenas a la Casación 'La casación no es una tercera instancia y no está en la esfera de sus poderes valorar la prueba, ni juzgar los motivos que formaron la convicción de la Cámara por que este recurso se concede solamente contra la sentencia cuya injusticia provenga de un error de derecho, excluyendo el error de la determinación de las circunstancias de hecho del caso sometido a juicio'." (citas y fallos anteriores indicados en el texto)

"De ello infiero que la sentencia de fs. 430/436 de fecha 11/06/14, cuya casación se pretende, se encuentra debidamente fundada, motivada, y ajustada a derecho. No contiene errores sustanciales, capaces de configurar algunas de las causales previstas en los términos del art. 287 del CPC y C., y por lo tanto debe ser confirmada."

Bloque dispositivo final (transcripto textualmente):

"SE RESUELVE: I) Rechazar el Recurso de Casación articulado.

II) Costas al recurrente vencido (art. 68 del CPC y C.).

REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.-"

(Votos: los Dres. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ, OMAR ESTEBAN URÍA y OSCAR EDUARDO GATICA coincidieron en el rechazo. Asimismo consta dictamen del Sr. Procurador General por el rechazo.)

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.