RODRIGUEZ JUAN MARCELO c/ TORRES SOLANO MANUEL Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora demandó por daños y perjuicios y solicitó embargo preventivo sobre sumas depositadas por la aseguradora citada en garantía. La Cámara de Apelaciones revocó la sentencia que mantuvo el embargo y ordenó el levantamiento del embargo preventivo por inexistir acreditado el peligro en la demora ni la probabilidad de insolvencia de la aseguradora.
¿Quién es el actor?
RODRIGUEZ JUAN MARCELO (actora).
¿A quién se demanda?
TORRES SOLANO MANUEL y otros; entre ellos la aseguradora Seguros Bernardino Rivadavia Coop. Ltda. (citada en garantía).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de un accidente; se había trabado embargo preventivo por $1.700.000 sobre fondos de la aseguradora en Banco Credicoop.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por Seguros Bernardino Rivadavia; se revocó la sentencia de fecha 30/7/2020 que había rechazado el pedido de levantamiento del embargo, y en sustitución se ordenó hacer lugar al levantamiento del embargo preventivo decretado el 14/2/2019 y disponer la restitución de las sumas embargadas; costas por el orden causado en ambas instancias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tercer párrafo del art. 191 CPCyC. establece que las medidas precautorias decretadas en virtud de la rebeldía continúan hasta la terminación del juicio, salvo los supuestos previstos en el art. 194 que contempla los casos de retrogradación del proceso. No obstante, para la resolución del supuesto que se plantea en autos, es preciso efectuar una interpretación armónica del citado art. 194 CPCyC con la disposición contenida en el art. 224 del mismo cuerpo legal en cuanto establece el carácter provisional de las medias cautelares, que determina que su subsistencia depende de que duren las circunstancias que justificaron su otorgamiento."
"Se sigue de ello que la declaración de rebeldía no implica que el Juez necesariamente deba acoger favorablemente la pretensión expuesta en la demanda, ya que para obrar de ese modo la misma debe ser corroborada a través de la prueba pertinente... la ausencia de efectiva controversia que involucra el proceso de rebeldía no exime al juez de la necesidad de dictar una sentencia justa."
"En orden al peligro en la demora por la eventual insolvencia de aseguradoras, la jurisprudencia ha sido especialmente cuidadosa al señalar que para acreditar el requisito no es suficiente la invocación del riesgo genérico de insolvencia... Cuando la medida precautoria se requiere contra una compañía aseguradora, no basta con la mera invocación de una sospecha sobre la imposibilidad futura de responder por la obligación que se le imponga en la sentencia de mérito... sólo un estado de peligro específico justificaría la traba de la cautelar solicitada."
"Por ello, y en tanto en autos no se encuentra acreditado el peligro de frustración del derecho alegado o las razones de urgencia de la medida peticionada, y teniendo presente que pesa sobre quien peticiona la medida cautelar la carga de acreditar que existe peligro de eventual insolvencia del pretendido deudor... corresponde hacer lugar al recurso de apelación deducido y revocar la sentencia de fecha 30/7/2020. En sustitución se provee: hacer lugar al pedido de levantamiento del embargo preventivo ordenado mediante sentencia de fecha 14/2/2019, debiendo disponer el a quo lo pertinente para la restitución de las sumas embargadas, en las condiciones de ley."
¿Cómo votaron los jueces?
La sentencia fue dictada por coincidencia de votos entre el primer y segundo votante (dos miembros del Tribunal), conforme art. 23 bis de la LOT; esa decisión integra la mayoría que resolvió revocar y ordenar el levantamiento del embargo. No consta voto en disidencia en el dispositivo final.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.