INCIDENTE DE REVISION - GARRO, GUSTAVO IRINEO C/ MASILY S.A. S/ VERIFICACION DE CREDITO - RECURSO DE CASACION
Incidente de excusación en causa de verificación de crédito en revisión concursal. El Superior Tribunal hizo lugar a las excusaciones del Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez y del Dr. Néstor Marcelo Milán por las causales previstas en el art. 194 de la Constitución provincial y art. 17 inc. 7 del CPC y C.
¿Quién es el actor?
No corresponde (se trata de incidentes de excusación iniciados por magistrados).
¿A quién se demanda?
No corresponde (incidentes dirigidos al tribunal para apartamiento de magistrados).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Apartamiento/escusación de magistrados por haber intervenido anteriormente en la causa o por vínculo familiar con quien suscribió la sentencia en revisión.
¿Qué se resolvió?
Se admitieron y se hizo lugar a las excusaciones formuladas por el Presidente del Superior Tribunal, Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez, y por el Presidente de la Cámara de Apelaciones Civil N°2, Dr. Néstor Marcelo Milán, por estar comprendidos en las causales legales citadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "Que a fs. sub. 62 en fecha 13/08/2015, el Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ, en razón de haber suscripto la sentencia que viene en recurso en las presentes actuaciones, como Camarista su hijo, el Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ (H), se excusa de entender en la presente causa por estar comprendido en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia."
2) "Que llamado a integrar el Sr. Presidente de la Cámara Civil N° 2 de esta Primera Circunscripción Judicial, Dr. NÉSTOR MARCELO MILÁN, a fs. sub. 64 en fecha 28/08/2015, se excusa de entender en la presente causa por haber intervenido como Juez de Primera Instancia en el dictado de la sentencia de verificación de crédito de fecha 29/10/2012, cuya revisión concursal llega ahora recurrida a esta instancia, razón por la cual se encuentra comprendido dentro de la causal del art. 17 inc. 7 del CPC y C."
3) "Que atento a lo manifestado, y surgiendo la intervención del Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ (H), a fs. sub.47/sub.48 (18/05/15), y del Dr. NÉSTOR MARCELO MILÁN, en sentencia de verificación de crédito de fecha 29/10/2012, procede admitir los apartamientos solicitados, comprendidos en las causales de los art. 194 de la Constitución de la Provincia y art. 17 inc. 7 del CPC y C, respectivamente."
Resolución final (texto del dispositivo): "SE RESUELVE: Hacer lugar a las excusaciones formuladas por el Sr. Presidente de este Superior Tribunal, Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ y del Sr. Presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas y Laboral Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, Dr. NÉSTOR MARCELO MILÁN. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución consta firmada digitalmente por los Dres. Omar Esteban Uría, Oscar Eduardo Gatica y José Luis Flores, constituyendo la decisión del tribunal en el dispositivo citado (no se registran votos en disidencia en el texto suministrado).
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