JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

CARRERA HORACIO CESAR c/ MEDINA MARIA JOSE s/ REIVINDICACION

La actora promovió acción de reivindicación sobre un departamento y reclamó daños y perjuicios. La Cámara rechazó la apertura a prueba en segunda instancia por no encuadrar los ofrecimientos en los supuestos del art. 782 CPCCT y remitió los autos para resolver el recurso contra la sentencia de fondo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - CONCEPCION - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - CONCEPCION - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
209/24
Reivindicacion Prescripcion adquisitiva Apertura a prueba Art. 782 cpcct Perspectiva de genero Prueba en alzada Conducencia Danos y perjuicios Admisibilidad probatoria Restitucion de la posesion.

¿Quién es el actor?

Carrera Horacio César, representado por el Dr. Gerardo F. Padilla.

¿A quién se demanda?

Medina María José, patrocinada por el Dr. Julio Arturo Augier.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de reivindicación sobre el inmueble identificado como departamento 2, Lote 12, Manzana "G", Padrón n° 154.176 (calle Italia 2890, Concepción, Tucumán), y reclamó además daños y perjuicios.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el pedido de apertura a prueba formulado por la apelante en segunda instancia; quedó pendiente la resolución del recurso de apelación sobre la sentencia n.º 284/30-03-2026 que hizo lugar a la acción reivindicatoria y condenó a restituir la posesión y a indemnizar. Se ordenó que, firme la presente, vuelvan los autos a despacho para dictar sentencia sobre el recurso interpuesto contra la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En igual sentido, se ha dicho sobre estos casos que 'de ninguna manera la interpretación de la norma puede significar que, por esta vía se abra, en segunda instancia, una etapa probatoria para ser contrapuesta con la producida en primera instancia, lo que 'significaría frente al resultado adverso obtenido en la anterior instancia conferir a la Segunda Instancia el carácter de un nuevo juicio, modalidad que es ajena a nuestra legislación'."

"En el caso, la recurrente solicitó la producción de prueba informativa con dos finalidades: por un lado, que el Licenciado José María Sosa informe sobre la autenticidad del certificado acompañado; por otro, que la Unidad Fiscal interviniente informe sobre el estado de una causa penal vinculada al Sr. Carreras Máximo César y, en particular, si éste fue investigado y privado de su libertad. Sin embargo, el pedido no logra encuadrar en ninguno de los supuestos previstos por el art. 782 del CPCCT."

"Las constancias relativas a la autenticidad de un certificado psicológico o médico acompañado en el memorial, así como el estado de una causa penal referida al hijo de la recurrente, no guardan relación directa e inmediata con esos presupuestos litigiosos ni resultan, en principio, aptas para modificar la base decisoria propia de la acción real promovida."

"Ello no importa desconocer la obligación judicial de juzgar con perspectiva de género cuando las circunstancias del caso así lo imponen. Sin embargo, tal perspectiva no autoriza a prescindir de las reglas procesales que regulan la admisibilidad de la prueba en segunda instancia, ni habilita la incorporación de elementos probatorios que no son conducentes para resolver la cuestión objeto del proceso."

¿Cómo votaron los jueces?

la resolución está firmada por las Dras. Luciana Eleas y María José Posse; no se registra disidencia.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.