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Tribunal Superior

INCIDENTE DE REVISION - ZAMUDIO, NORMA ISABEL C/ MASILY S.A. S/ VERIFICACION DE CREDITO -RECURSO DE CASACION

Incidente de excusación planteado respecto de la integración del Superior Tribunal y de la Cámara de Apelaciones en la causa ZAMUDIO NORMA ISABEL c/ MASILY S.A. s/ VERIFICACIÓN DE CRÉDITO. El Superior Tribunal hizo lugar a las excusaciones porque uno de los jueces es padre del camarista que suscribió la sentencia y otro intervino previamente como juez de primera instancia en la resolución recurrida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
INC 241099/1
Excusacion Recusacion Art. 194 constitucion pba. Art. 17 inc.7 cpc y c Verificacion de credito Incidente de revision Conflicto de interes Recusatorio Integracion del tribunal Causa concursal

Quién solicita la excusación (Actor): Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ (excusa por parentesco con el Camarista que suscribió la sentencia) y Dr. NÉSTOR MARCELO MILÁN (excusa por haber intervenido como juez de primera instancia).

A quién corresponde el expediente (Demandado/causa principal): Expediente principal caratulado "INCIDENTE DE REVISION – ZAMUDIO NORMA ISABEL c/ MASILY S.A. s/ VERIFICACION DE CREDITO - RECURSO DE CASACION".

Qué se reclama (Objeto del incidente): Aprobación/admisión de las excusaciones de los magistrados para entender en la presente causa.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a las excusaciones formuladas por ambos magistrados; se dispone su registro y notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que a fs. sub. 70 en fecha 18/08/2015, el Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ, en razón de haber suscripto la sentencia que viene en recurso en las presentes actuaciones, como Camarista su hijo, el Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ (H), se excusa de entender en la presente causa por estar comprendido en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia.

2) Que llamado a integrar el Sr. Presidente de la Cámara Civil N° 2 de esta Primera Circunscripción Judicial, Dr. NÉSTOR MARCELO MILÁN, a fs. sub. 72 en fecha 28/08/2015, se excusa de entender en la presente causa por haber intervenido como Juez de Primera Instancia en el dictado de la sentencia de verificación de crédito de fecha 29/10/2012, cuya revisión concursal llega ahora recurrida a esta instancia, razón por la cual se encuentra comprendido dentro de la causal del art. 17 inc. 7 del CPC y C.

3) Que atento a lo manifestado, y surgiendo la intervención del Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ (H), a fs. sub.55/sub.56 (13/05/15), y del Dr. NÉSTOR MARCELO MILÁN, en sentencia de verificación de crédito de fecha 29/10/2012, procede admitir los apartamientos solicitados, comprendidos en las causales de los art. 194 de la Constitución de la Provincia y art. 17 inc. 7 del CPC y C, respectivamente."

Parte resolutiva final (transcripción):

"SE RESUELVE: Hacer lugar a las excusaciones formuladas por el Sr. Presidente de este Superior Tribunal, Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ y del Sr. Presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas y Laboral Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, Dr. NÉSTOR MARCELO MILÁN. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

(No se registra voto en disidencia ni instancia apelatoria respecto de este incidente en el dispositivo.)

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