GUTIERREZ SILVIA DEL VALLE c/ KUSMUS JUAN PABLO Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora promovió acción de daños y perjuicios por el fallecimiento de su hijo en accidente de tránsito. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, sosteniendo que la invasión de carril por la víctima, potenciada por su estado de ebriedad, fue la causa exclusiva del siniestro.
¿Quién es el actor?
Silvia del Valle Gutiérrez (actora).
¿A quién se demanda?
Juan Pablo Kusmus (conductor), Eduardo Antonio Reinoso (titular registral) y la citada en garantía San Cristóbal Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por el fallecimiento del hijo de la actora, Omar Sebastián Bonifacio, en accidente de tránsito.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de fecha 09/12/2025 que había rechazado la demanda; costas de la Alzada a cargo de la actora; honorarios reservados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripciones textuales (párrafos relevantes tal como obra en el fallo):
"El Sr. Juez Aquo concluyó que, si bien el caso se encuadra en la responsabilidad objetiva por riesgo de la cosa (arts. 1757 y 1769 CCCN), se acreditó de manera fehaciente la eximente de responsabilidad por el hecho de la víctima (art. 1729 CCCN). El magistrado de grado determinó con base en la pericia accidentológica de la causa penal, que la mecánica del hecho no fue la invocada por la actora, sino que el siniestro fue provocado por la exclusiva culpa del Sr. Omar Sebastián Bonifacio (hijo de la actora), quien conducía una motocicleta con un elevado grado de intoxicación alcohólica e invadió el carril contrario por el que circulaba el camión de los demandados."
"Los peritajes mecánicos, tanto el de sede penal (Informe Pericial Accidentológico N° 1149/2021, elaborado por la División de Criminalística de la Policía de Tucumán) como el producido en estos autos por el perito Moreira (que no fue impugnado por la actora), coinciden de forma unívoca en que el punto de impacto y la proyección de los restos plásticos demuestran que la motocicleta invadió el carril del camión."
"En definitiva, el Sr. magistrado en oportunidad de analizar el encuadre jurídico aplicable, analizó la responsabilidad objetiva y, evaluó la eximente invocada, concluyendo que la causalidad del siniestro recaía exclusivamente en la víctima; y los argumentos de la apelante no logran rebatir la fundamentación central del fallo: la existencia de una conducta negligente e imprudente de la víctima que quebró el nexo de causalidad. La invasión de carril por parte de Bonifacio, potenciada por su estado de embriaguez, fue el factor determinante e inevitable del siniestro."
Citas textuales importantes:
"prueba trasladada", "sana crítica", "presunción de legitimidad" (referida al Informe DAS N° 4028/178 sobre el dosaje de alcohol de la víctima), y la afirmación de que la presencia de metabolitos de cocaína en la orina de Kusmus "era compatible con la práctica lícita del 'coqueo' (masticación de hojas de coca)" y no afectaba su aptitud para conducir.
¿Cómo votaron los jueces?
El acuerdo se dictó por coincidencia del primer y segundo votante (Dra. Marcela F. Ruiz y Dr. Álvaro Zamorano); no hubo disidencia relevante.
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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