BANCO SANTIAGO DEL ESTERO S.A c/ CARDOZO ANGELA ALICIA Y OTRO s/ COBRO EJECUTIVO
El Banco demandó en cobro ejecutivo por saldos de tarjeta de crédito y pidió ampliar la demanda contra el titular adicional. La Cámara hizo lugar a la apelación, revocó la providencia que rechazó la ampliación y ordenó preparar la vía ejecutiva contra Sergio Darío Guevara por haber suscripto la solicitud y haberse constituido codeudor solidario.
¿Quién es el actor?
BANCO SANTIAGO DEL ESTERO S.A.
¿A quién se demanda?
Titular principal Ángela Alicia Cardozo y titular adicional Sergio Darío Guevara (ampliación de demanda).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo de obligaciones por tarjeta de crédito.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación del banco, se revocó la providencia de fecha 30/06/2020 que rechazó la ampliación de demanda contra el titular adicional y se dispuso, en sustitución, "Previamente, prepare la vía ejecutiva en contra del demandado Sergio Darío Guevara". No se impusieron costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Ley de Tarjetas de Crédito (LTC) define al "Usuario, titular adicional o beneficiario de extensiones" en su art. 2° inc. c) como 'aquél que está autorizado por el titular para realizar operaciones con tarjeta de crédito, a quien el emisor le entrega un instrumento de idénticas características que al titular'."
"El titular de la tarjeta cuando acuerda con el emisor la extensión del uso del crédito a un tercero beneficiario o adicional asume la responsabilidad de pagar sus consumos. EL art. 2 inc. b) LCT impone al titular de la tarjeta la responsabilidad por 'todos los cargos y consumos realizados personalmente o por los autorizados por él mismo'."
"El beneficiario de una tarjeta adicional no es en principio deudor por el uso de la tarjeta, y por ende, no está obligado por los créditos que se generen. No obstante hay casos en que el beneficiario suscribe conjuntamente con el titular la solicitud de extensión de una tarjeta adicional asumiendo en forma personal el pago de sus propios consumos. También puede suceder que el titular adicional puede asumir el carácter de codeudor solidario de todas las obligaciones debitadas en la cuenta... Si el titular de tarjeta adicional asumió en forma expresa el carácter de deudor solidario y principal pagador de las obligaciones del titular de la tarjeta principal, debe responder por las obligaciones así contraídas."
"De la lectura de la solicitud de tarjeta de crédito surge que la misma se encuentra suscripta por la titular Ángela Alicia Cardozo y por el titular adicional Sergio Darío Guevara. Asimismo en dicho instrumento consta que el titular adicional asume el carácter de codeudor solidario. En consecuencia la ejecución de la deuda puede ser dirigida en razón de lo convenido contra el titular adicional por lo que la providencia que rechaza la ampliación de demanda debe ser revocada."
¿Cómo votaron los jueces?
Sentencia firmada en San Miguel de Tucumán, 11 de marzo de 2021. Sentencia N° 44. (Firmado: LUIS JOSE COSSIO; RODOLFO M. MOVSOVICH)
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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