GUERRERO LUIS EDUARDO C/ ESTADO PROVINCIAL DE SAN LUIS - DAÑOS Y PERJUICIOS -
La actora solicitó nueva audiencia de absolución de posiciones en la causa por daños y perjuicios contra el Estado provincial. El Tribunal hizo lugar al pedido por falta de constancia de notificación de la audiencia anterior y fijó nueva fecha, advirtiendo apercibimiento de confesión por incomparecencia injustificada.
¿Quién es el actor?
GUERRERO, LUIS EDUARDO (actor).
¿A quién se demanda?
ESTADO PROVINCIAL DE SAN LUIS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Demanda por daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al pedido de fijación de nueva audiencia de absolución de posiciones y se convocó a la actora a comparecer el día MIÉRCOLES 16 DE DICIEMBRE a las 10 horas, bajo apercibimiento de tenerla por confesa en caso de incomparecencia injustificada; se ordenó librar oficio para notificación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que a fs. 188, se presentó el apoderado del actor y solicitó se fije nueva audiencia de absolución de posiciones.
De dicho pedido se corrió traslado a la contraria, quien contestó a fs.193/194, escrito en el que pidió que no se haga lugar a lo peticionado y se declare al actor absuelto en rebeldía, por no haber comparecido a la audiencia que se celebró al efecto, tal como luce a fs. 153.
Sin embargo, en razón de no haberse agregado la cédula con la constancia de notificación, solicitó se libre oficio a la oficina correspondiente a los fines de que informe sobre el diligenciamiento de la misma.
A fs. 196, contestó vista el Sr. Procurador General, quién previo a dictaminar, solicitó se ordene librar el oficio impetrado por la demandada. El oficio fue respondido conforme luce a fs. 212, en el que se da cuenta que no hay constancia de correspondencias enviadas durante el mes de agosto de 2012.
A fs. 214, volvió a expedirse el Sr. Procurador General, quien manifestó que como no hay constancia del diligenciamiento de la cédula en cuestión, y a los fines de resguardar el debido proceso y la legítima defensa, se debe hacer lugar a lo solicitado por la actora a fs. 188.
Que, no habiendo constancia de la notificación de la audiencia fijada para absolver posiciones, procede hacer lugar al pedido de nueva fecha de audiencia."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución final aparece suscripta por los Dres. Horacio G. Zavala Rodríguez, Omar Esteban Uría y Oscar Eduardo Gatica, conformando el acuerdo mayoritario que dispone lo resuelto.
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