JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ORTIZ FERNANDO EDMUNDO c/ FCA S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTRO s/ SUMARISIMO (RESIDUAL)

El suscriptor promovió acción de consumo y solicitó medida cautelar para adecuar las cuotas de un plan de ahorro previo por aumento del valor móvil del vehículo. La Cámara confirmó la cautelar de primera instancia que fijó las alícuotas a marzo de 2019 y dispuso su evolución según el índice de inflación del INDEC, por entender acreditados prima facie verosimilitud y peligro en la demora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
975/19-I3
Plan de ahorro previo Medida cautelar innovativa Consumidor Alicuota pura Indec Verosimilitud Peligro en la demora Ejecucion prendaria Proteccion al consumidor Confirmacion de sentencia

¿Quién es el actor?

Fernando Edmundo Ortiz (suscriptor del plan de ahorro, DNI N° 22.336.569).

¿A quién se demanda?

FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados (administradora del plan).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de medida cautelar para que se fije la alícuota pura del plan (Grupo 13462 Orden 074) al valor de marzo de 2019 (incremento del 57,3% respecto de abril del año anterior) y que las cuotas subsiguientes evolucionen según la tasa mensual de inflación oficial; además, que la demandada se abstenga de iniciar ejecuciones o secuestros mientras dure el proceso.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación de FCA y se confirmó íntegramente la sentencia de 21/11/2019 que hizo lugar a la cautelar. Costas por su orden. Honorarios para su oportunidad. Voto mayoritario de dos miembros del Tribunal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el sublite, se desprende de la documentación acompañada que en relación al plan de ahorro previo suscripto por Fernando Edmundo Ortiz, el valor de la cuota -que refleja proporcionalmente el del vehículo- aumentó de $4.818,65 en la cuota Nro. 12 (la alícuota pura era de $4.148,41) a vencer el 10/04/2018 (ver comprobante a fs. 20), a $10.084,96 (alícuota de $8.213,84) en la cuota Nro. 24 a vencer el 10/04/2019 (comprobante a fs. 23).

Es notorio el aumento de las cuotas del plan de ahorro suscripto por el Sr. Ortiz a valores superiores incluso al ritmo de la inflación, sin proporcionar información oportuna y adecuada por parte de los demandados (art. 4 LDC). En efecto, surge del análisis efectuado que el valor de la alícuota -entre los períodos mencionados en forma precedente- se incrementó para el actor en un 98%, por lo que luce razonable a los fines de la liquidación tomar como parámetro la inflación acumulada para todo el 2018 hasta abril de 2019, que asciende a 57,3%, según lo informa la página oficial del INDEC."

"En nuestro ordenamiento procesal, la prohibición de innovar está contemplada en los arts. 231/232 del C.P.C.C. Respecto a su procedencia, el último nos remite a los requisitos genéricos de todas las cautelares (art. 218 de idéntico texto legal), cuales son: a) la verosimilitud del derecho invocado, el que debe ser justificado sumariamente o resultar de las constancias de autos; b) el peligro en la demora que se configura cuando -de no decretarse la medida- se pudiera producir alguna modificación o alteración en la relación fáctica o jurídica que tuviera influencia luego en la sentencia o convertir su ejecución en ineficaz o imposible y c) la contracautela (arts. 218 y 221 del CPCC)."

"Por todo lo expresado, proponemos confirmar la medida cautelar dispuesta en la sentencia de fecha 21 de noviembre de 2019 (fs.62/64), debiendo la demandada aceptar el pago de las sumas correspondientes a los valores allí establecidos, a la que se le adicionara el costo del seguro automotor al valor de plaza."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia fue dictada por coincidencia de votos entre dos miembros del Tribunal; no consta disidencia relevante.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.