INCIDENTE EN AUTOS: ROMERO YESICA SOLEDAD S/ RESTITUCION DE MENOR- RECURSO DE QUEJA.-
Incidente de excusación en autos ROMERO, YÉSICA SOLEDAD s/ RESTITUCIÓN DE MENOR - RECURSO DE QUEJA respecto de la intervención de magistrados por vínculos y actuación previa. El Superior Tribunal hizo lugar a las excusaciones solicitadas, fundándolas en el art. 194 de la Constitución Provincial y en el art. 17 inc. 7 del CPC y C.
¿Quién es el actor?
Los propios magistrados que plantearon su excusación: Dr. Horacio Guillermo Zavala Rodríguez y Dr. Néstor Marcelo Milán (solicitantes del apartamiento).
¿A quién se demanda?
Incidente tramitado en los autos principales caratulados "ROMERO, YÉSICA SOLEDAD s/ RESTITUCIÓN DE MENOR – RECURSO DE QUEJA".
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Apartamiento/excusación de los magistrados indicados por motivos de intervención previa y vínculo con actuaciones relacionadas con la causa.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a ambas excusaciones; ambos magistrados quedaron apartados de intervenir en la causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que conforme luce a fs. sub. 91, el Sr. Presidente de este Superior Tribunal de Justicia, Dr. Horacio Guillermo Zavala Rodríguez, se excusó de entender en la presente causa, toda vez que surge de las constancias de autos –fs. sub. 67- que la sentencia de Cámara fue dictada con la intervención, en la calidad de camarista, de su hijo, el Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez (h). Por tal motivo, y de conformidad con lo previsto por el art. 194 de la Constitución de la Provincia, solicitó el apartamiento de la causa de referencia."
"Que tal como obra a fs. sub. 94, el Dr. Néstor Marcelo Milán, llamado a integrar el Superior Tribunal, en virtud del régimen legal de subrogancia, se excusó de intervenir, por haber participado en el dictado de una sentencia en autos “INCIDENTE ROMERO, YÉSICA SOLEDAD s/ RESTITUCIÓN DE MENOR (MEDIDA CAUTELAR)” INC. 195621/4, que tal como los títulos de las carátulas lo indican, se trata de un incidente vinculado a las actuaciones que motivaron el recurso de queja; por lo que ha quedado comprendido en la causal prevista por el art. 17 inc. 7 del CPC y C."
"Que evaluadas las causales invocadas, se impone su procedencia, por lo que debe admitirse el apartamiento solicitado por ambos magistrados, con cuadratura legal en el art. 194 de la Constitución Provincial, el primero; y por imperio del art. 17 inc. 7 de la ley de rito, el segundo."
Bloque dispositivo final (texto resolutivo): "SE RESUELVE: I) Hacer lugar a la excusación planteada por el Sr. Presidente del Superior Tribunal, Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez a fs. sub. 91. II) Hacer lugar a la excusación planteada por el Dr. Néstor Marcelo Milán a fs. sub. 94. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución se encuentra firmada digitalmente por los Dres. Omar Esteban Uría, Oscar Eduardo Gatica y Hugo G. Saa Petrino, conformando el acuerdo que dicta la resolución final.
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