JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

GADEA MIGUEL ANGEL c/ ASSURANT ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS SA Y OTROS s/ SUMARIO (RESIDUAL)

El actor demandó por incumplimiento de cobertura de un Seguro Individual de Protección del Ingreso (sub-ramo RV‑I‑DESEMPLEO) tras la declinación por parte de las aseguradoras. La Cámara de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia, hizo lugar a la demanda y condenó solidariamente a las codemandadas al pago del capital asegurado vigente al momento de la liquidación, $2.500.000 por daño moral y una suma equivalente a cuatro canastas básicas totales contra las aseguradoras, con costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
79500
Seguro de desempleo Exclusion de cobertura Carga dinamica de la prueba Ley de defensa del consumidor (art. 53 Art. 40) Dano moral $2.500.000 Dano punitivo (4 canastas basicas totales) Responsabilidad solidaria Ejecucion/arts. 621 cpcct Costas Consumidor.

¿Quién es el actor?

Miguel Ángel Gadea.

¿A quién se demanda?

Assurant Argentina Compañía de Seguros S.A., BBVA Consolidar Seguros S.A. y Banco BBVA Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos por la cobertura de seguro de desempleo involuntario, daño moral y sanción punitiva/multa civil por declinación de cobertura; condena solidaria de las demandadas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación; se revocó la sentencia de primera instancia y, en sustitutiva, se condenó solidariamente a las demandadas al pago del importe equivalente al capital máximo asegurado vigente al momento de la liquidación (según art. 621 CPCCT) más intereses; se condenó al pago de $2.500.000 por daño moral con intereses; y se condenó a Assurant y BBVA Consolidar al pago de una suma equivalente a 4 canastas básicas totales (daño punitivo), con más intereses. Se impusieron las costas a las demandadas; se reservó pronunciamiento sobre honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El núcleo del conflicto consiste en determinar si, frente a la denuncia del siniestro y a la declinación de cobertura fundada en una exclusión contractual, correspondía exigir al actor la prueba de que su despido fue sin justa causa; o si, por el contrario, pesaba sobre las aseguradoras la carga de acreditar el presupuesto fáctico de la exclusión invocada.

En ese contexto, juzgo que habiendo el actor acreditado el contrato de seguro, su vigencia o eficacia (póliza), la extinción de su vínculo laboral, la denuncia del siniestro y la negativa de cobertura; y que fue la compañía demandada quien para sustraerse a la cobertura del siniestro invoca una causal de exclusión consistente en un despido justificado o con causa válida, pesaba en cabeza de éstas últimas el onus probandi del hecho impeditivo de la obligación de pago (art. 322 del CPCCT); prueba que por lo demás incluso corresponde valorar con criterio estricto, precisamente en cuanto conlleva a eximirlas de responsabilidad.

No obsta a dicha conclusíon que el despido laboral fue comunicado por el empleador con invocación de causa. Se trata, simplemente, de aplicar la regla según la cual quien pretende liberarse de la prestación comprometida con fundamento en una exclusión de cobertura debe acreditar los hechos que tornan operativa esa exclusión. La sola existencia de una comunicación extintiva redactada por el empleador -interesado- no es suficientemente conducente para tener por acreditado que el despido fue justificado."

(Además, respecto de la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor:)

"Si la declinación se fundó en que el despido había sido justificado, correspondía a las aseguradoras aportar elementos idóneos y conducentes para acreditar esa justificación, y no limitarse a invocar el contenido formal de la carta documento de despido enviada por el empleador quien es parte interesada al respecto, aspecto que no puede pasar por alto al proveedor experto."

Y el dispositivo final transcripto:

"I. HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto por el actor contra la sentencia definitiva de fecha 30/07/2025, conforme a lo considerado. En consecuencia, se revoca la sentencia recurrida y, en sustitutiva, se resuelve: 'I. Hacer lugar a la demanda promovida por el Miguel Ángel Gadea en contra de Assurant Argentina Compañía de Seguros S.A., BBVA Consolidar Seguros S.A. y Banco BBVA Argentina S.A., conforme lo considerado. En consecuencia, se dispone: 1) CONDENAR solidariamente a las demandadas a que abonen al actor : a) el daño material reclamado consistente en el importe equivalente al capital máximo asegurado previsto para la misma cobertura contratada -Seguro Individual de Protección del Ingreso, sub-ramo RV-I-DESEMPLEO- vigente al momento de practicarse la liquidación en etapa de ejecución de sentencia conforme las pautas previstas en el art. 621 del CPCCT; más los intereses previstos; b) la suma de $ 2.500.000 en concepto de daño moral, con mas los intereses considerados. 2) CONDENAR a Assurant Argentina Compañía de Seguros S.A. y BBVA Consolidar Seguros S.A., la suma de dinero equivalente a 4 cuatro canastas básicas totales - hogar 3 del INDEC, con más los intereses fijados. II. Imponer las costas a las demandadas, atento lo expuesto. III. Reservar pronunciamiento sobre honorarios para su oportunidad'."

(No hubo disidencia: coincidencia de votos de dos magistrados.)

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