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Tribunal Superior

ALPEROVICH DEBORAH c/ ZEEV S.R.L Y OTRA s/ NULIDAD

Alperovich promovió acción de nulidad contra Zeev S.R.L. y otro. La Corte Suprema declaró competente al Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII Nominación, acogiendo el dictamen del Ministerio Fiscal de fecha 31/03/2026.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
3859/22
Conflicto de competencia Incidente Nulidad Juzgado civil en familia y sucesiones vii Juzgado civil y comercial vi Ministerio fiscal Competencia negativa Provincia de tucuman Protocolizacion de dictamen 31/03/2026

¿Quién es el actor?

Alperovich Deborah.

¿A quién se demanda?

Zeev S.R.L. y otra.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de nulidad (autos “Alperovich Deborah vs. Zeev S.R.L y otra s/ Nulidad”).

¿Qué se resolvió?

Se declaró la competencia del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII Nominación del Centro Judicial Capital para entender en la causa; se ordenó protocolizar el dictamen del Ministerio Fiscal de fecha 31/03/2026.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Viene a conocimiento y resolución de esta Corte Suprema el conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Civil y Comercial de la VI Nominación y el Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII Nominación ambos del Centro Judicial Capital, siendo esta Corte Suprema de Justicia superior común de ambos."

"La cuestión a resolver ha sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen del señor Ministro Fiscal de fecha 31 de marzo de 2026, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite, en honor a la brevedad.

Por ello, y frente a las particulares circunstancias de esta causa, cabe dirimir el conflicto negativo de competencia declarando que debe entender en la presente causa el Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII Nominación del Centro Judicial Capital."

"DECLARAR la competencia del Juzgado Civil en Familia y Sucesiones de la VII Nominación por las razones expuestas. DISPONER que se protocolice el dictamen del señor Ministro Fiscal de fecha 31 de marzo de 2026."

¿Cómo votaron los jueces?

El dispositivo final del Tribunal acuerda y declara la competencia conforme lo transcripto; no se consignan disidencias en el texto proporcionado. Firmas digitales consignan las fechas de firma entre 03/06/2026 y 05/06/2026.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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