CASTAñO PABLO MARTIN c/ EMPRENDIMIENTOS GASTRONOMICOS S.R.L s/ COBRO DE PESOS
La demandada interpuso recurso de casación contra la sentencia n.º 784 de la Cámara de Apelación del Trabajo, Sala VI, por cobro de pesos. La Corte declaró inadmisible y, por ende, mal concedido el recurso por incumplimiento de los requisitos de afianzamiento (no acreditó titularidad, inexistencia de gravámenes ni tasación del automotor ofrecido en embargo).
¿Quién es el actor?
Castaño Pablo Martín (actor/demandante).
¿A quién se demanda?
Emprendimientos Gastronómicos S.R.L. (demandada/recurrente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos (acción laboral, ejecución de condena de la Cámara de Apelación del Trabajo, sentencia n.º 784 del 31/10/2025).
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró inadmisible y mal concedido el recurso de casación interpuesto por la demandada y le impuso las costas de esta instancia; reservó regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el marco del juicio de admisibilidad que como tribunal del recurso de casación corresponde efectuar a esta Corte, se observa que el recurso fue interpuesto en término contra una sentencia definitiva. Sin embargo, la recurrente no acreditó en tiempo hábil la titularidad ni la suficiencia del bien ofrecido en embargo para cubrir el monto de la condena.
El art. 138 (ex art. 133) del CPL establece que cuando el recurso fuera interpuesto en contra de una sentencia total o parcialmente condenatoria, el recurrente debe depositar el monto condenado u ofrecer en embargo bienes, aval bancario o fianza suficiente. Dispone, además, que tal depósito, embargo o garantía debe ser ofrecido con el escrito de interposición del recurso y concretarse dentro de los quince días siguientes. Por último, que el incumplimiento de este requisito implicará el desistimiento del recurso."
"En el recurso de casación, la recurrente expresó respecto del afianzamiento que 'en el incidente 1 del presente expediente surge como embargo voluntario de los presentes autos un rodado de propiedad de la firma Emprendimientos Gastronómicos S.R.L. CUIT N°30-70726359-4 el cual es vehículo marca Fiat ? Modelo Nuevo Fiorino 1.4 8V ? Tipo: Furgoneta - Dominio: AF172PN - Año: 2022, a nombre de la demandada ‘Emprendimientos Gastronómicos SRL’, conforme sentencia de fecha 12 de Junio del año 2.025, la cual se ratifica a los fines de la garantía del presente recurso y en cuanto a los alcances de la sentencia hoy recurrida.'"
"Del análisis de la documentación acompañada con la presentación recursiva, se advierte que la impugnante omitió acompañar informe de dominio expedido por el Registro de la Propiedad del Automotor correspondiente, a los fines de demostrar que sobre aquel bien no pesan gravámenes o que, pese a la afectación, el monto de condena igualmente resulta cubierto con el embargo existente... En mérito a lo expuesto, corresponde Declarar Inadmisible y, por ende, Mal Concedido, al recurso de casación deducido en autos."
¿Cómo votaron los jueces?
La decisión fue acordada por mayoría unánime: votos de las Dras. Claudia Beatriz Sbdar y Eleonora Rodríguez Campos y del Dr. Daniel Leiva (este último adhirió). El dispositivo final fija la decisión mayoritaria: "I.- DECLARAR INADMISIBLE y, por ende, mal concedido... II.- COSTAS... III.- RESERVAR pronunciamiento sobre regulación de honorarios para su oportunidad".
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