JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

FIGUEROA ROMERO VALERIA STEFANIA c/ CITYTECH S.A. s/ COBRO DE PESOS

La actora reclamó cobro de pesos y reintegro por despido; la Cámara de Apelación había ordenado la reinstalación y condenó a la demandada al pago de $6.622.538,10 por salarios caídos y diferencias. La Corte Casó parcialmente la sentencia: declaró inadmisibles ciertos agravios de la demandada respecto de la extinción del contrato, la orden de reincorporación y la condena por salarios caídos (salvo su cálculo), hizo lugar parcialmente al recurso y remitió la causa para nuevo pronunciamiento sobre aspectos análogos señalados en un precedente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
506/22
Casacion Despido nulo/ineficacia Dnu 329/2020 y dnu 413/2021 Salarios caidos Reinstalacion/reincorporacion Admisibilidad del recurso (art. 137 cpl) Insuficiencia de agravios Costas Honorarios Precedente aranda vs. citytech.

¿Quién es el actor?

Figueroa Romero Valeria Stefanía (actora).

¿A quién se demanda?

Citytech S.A. (demandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos por despido — reintegro/reinstalación y salarios caídos, diferencias salariales y de SAC; regulación de costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró parcialmente inadmisible el recurso de casación interpuesto por la demandada respecto de los agravios relacionados con la extinción del contrato, la orden de reincorporación y la condena a pagar salarios caídos (excepto su cálculo); hizo lugar parcialmente al recurso en los demás puntos, casó parcialmente la sentencia de la Cámara y dejó sin efecto los pronunciamientos sobre costas y honorarios, remitiendo el expediente para nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, las alegaciones de la demandada resultan insuficientes para fundar error jurídico o arbitrariedad en la valoración de las constancias de la causa, pues de su lectura se colige que constituyen una mera discrepancia con las razones dadas por el Tribunal.

Respecto a la suficiencia que debe revestir el escrito recursivo, esta Corte tiene dicho que 'es menester que el recurrente exponga una crítica razonada de la sentencia impugnada, para lo cual tiene que rebatir todos y cada uno de los fundamentos en que se apoya el fallo recurrido, tarea que la recurrente no ha satisfecho en este caso (cfrme. CSJT, sent. n° 1098 del 10/11/2008)'. Así, no alcanza para tener por satisfecha la exigencia del artículo 137, inciso 1, del CPL, la mera enunciación de agravios, sino que el planteo recursivo debe exponer una crítica razonada de la sentencia impugnada, para lo cual tiene que atacar todos y cada uno de sus fundamentos, tarea que la recurrente no satisfizo en este caso."

"Consecuentemente, el recurso es parcialmente inadmisible respecto de los agravios vinculados a la extinción del contrato de trabajo, la orden de reincorporación de la actora y la condena de abonar los salarios caídos -excepto su cálculo- y parcialmente admisible respecto de los restantes agravios que se bastan a sí mismos, por lo que corresponde abordar en lo pertinente su procedencia."

Bloque dispositivo final (texto literal):

"I. DECLARAR PARCIALMENTE INADMISIBLE y, por ende, PARCIALMENTE MAL CONCEDIDO , al recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia n° 246 de la Sala I de la Cámara de Apelación del Trabajo de fecha 30/08/2024, en relación con la extinción del contrato de trabajo, la orden de reincorporación de la actora y la condena de abonar los salarios caídos - excepto su cálculo-.

II. HACER LUGAR PARCIALMENTE al referido recurso de casación respecto de los agravios tratados en el apartado 3 de los considerandos. En consecuencia, CASAR PARCIALMENTE el referido pronunciamiento, punto resolutivo I (salvo lo resuelto respecto a la extinción del contrato de trabajo, la orden de reincorporación de la actora y la condena de abonar los salarios caídos - excepto su cálculo-), en base a la doctrina legal expresada en los considerandos, Dejar sin efecto también los puntos II (costas) y III (honorarios) y Remitir el expediente a la Cámara de Apelación del Trabajo para que, por la Sala que corresponda, dicte en lo pertinente nuevo pronunciamiento.

III. COSTAS como se consideran.

IV. RESERVAR pronunciamiento respecto de los honorarios profesionales para su oportunidad."

¿Cómo votaron los jueces?

unanimidad funcional (doctores Sbdar y Rodríguez Campos fundan; el Dr. Leiva adhiere).

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.