RUIZ STEFANIA c/ GALENO -ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.- s/ COBRO DE PESOS
La actora promovió demanda de cobro de pesos contra Galeno - Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. por prestaciones dinerarias derivadas de accidente laboral. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán hizo lugar al recurso de casación de la demandada, casó y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara por apartarse de la doctrina legal de la Corte sobre la aplicación del DNU 669/19 y resoluciones SSN; ordenó remitir las actuaciones para nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Ruiz Stefanía (la trabajadora, actora).
¿A quién se demanda?
Galeno - Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (ART).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos por prestaciones dinerarias derivadas de accidente de trabajo (liquidación indemnizatoria conforme Ley 24.557 y sus modificatorias).
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la demandada, casó parcialmente la sentencia de la Cámara de Apelación del Trabajo n.º 668/21, anuló el pronunciamiento impugnado y remitió las actuaciones a la Cámara para que dicte nuevo pronunciamiento congruente con la doctrina legal de la Corte respecto de la aplicación del DNU 669/2019 y las Resoluciones SSN 1039/2019 y 332/2023. Las costas de esta instancia se imponen por el orden causado; se reserva regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Explicó que el 27 de septiembre de 2019 el PEN, mediante DNU 669/2019 sustituyó el art. 12 de la ley 24.557, estableciendo el método de cálculo del ingreso base mensual. Señaló que ese decreto delegó en la Superintendencia de Seguros de la Nación el dictado de las normas aclaratorias y complementarias necesarias para su implementacoión. En ejercicio de esa facultad, dicho organismo dictó la Resolución n° 1039/2019 que procura definir la tasa de variación y establecer su forma de aplicación. En ejercicio de esa facultad, dicho organismo dictó la Resolución n° 1039/2019 que procura definir la tasa de variación y establecer su forma de aplicación. El Tribunal sostuvo que esa reglamentación previó un método distinto, disponiendo aplicar la suma de las variaciones diarias del mismo índice, esto es, la acumulación de sus cambios porcentuales diarios... Este método, según la Cámara, si bien muestra la magnitud de sus movimientos diarios, no necesariamente refleja el cambio total del índice en el período, razón por la cual la aplicación de la Resolución 1039/2019 arroja resultados de menor cuantía que la aplicación directa del DNU 669/19, ya que la suma de las variaciones diarias no es igual a la tasa de variación total del período, siendo notoriamente inferior."
y
"Sostuvo esta Corte en el citado precedente que 'el art. 12 inc. 2 de la LRT -sustituido por el art. 1 del DNU 669/2019- establece: ‘2. Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta la fecha en que deba realizarse la puesta a disposición de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) en el período considerado’.'"
y
"Conforme al criterio expuesto, cabe concluir que la determinación de la Cámara respecto de que las Resoluciones SSN 1039/19 y SSN 332/23 no son aplicables al caso se aparta del criterio de esta Corte en la materia."
(Voto mayoritario y acuerdo unánime: Dras. Eleonora Rodríguez Campos y Claudia Beatriz Sbdar; Dr. Daniel Leiva adhiere.)
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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