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Cámara de Apelaciones

REY ROMINA NATALIA c/ CITYTECH S.A s/ COBRO DE PESOS

La actora demandó por cobro de pesos y rubros indemnizatorios derivado de la extinción de la relación laboral con Citytech S.A. La Cámara de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a la apelación de la trabajadora, declaró nulas cláusulas convencionales que reducen la base salarial aplicable y sustituyó la sentencia, condenando a la empresa al pago de $10.015.897,64 por diferencias salariales, indemnizaciones y demás rubros.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 5 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 5
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
959/23
Trabajo Call center Diferencias salariales Jornada reducida Nulidad clausulas convencionales Art. 92 ter lct Art. 198 lct Indemnizacion por despido Art. 80 lct Costas y honorarios

¿Quién es el actor?

Romina Natalia Rey (DNI 34.953.745), representada por el Dr. Miguel Ángel Nader.

¿A quién se demanda?

Citytech S.A. (CUIT 30-70908678-9), representada sucesivamente por los Dres. Lucas Penna y Martín Basualdo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de pesos — diferencias salariales de varios meses, SAC proporcional, vacaciones proporcionales, indemnizaciones por despido (antigüedad, preaviso, integración del mes de despido), multa art. 80 LCT y demás accesorios.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación de la actora y se sustituyó la sentencia de grado por otra que admite íntegramente la demanda, condenando a la demandada al pago de $10.015.897,64 por todos los rubros reclamados; se rechazó el recurso de la demandada; costas para la demandada; y regulación de honorarios conforme detalle.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En razón de lo expuesto y ejercitando el debido control de legalidad facultado por la normativa vigente, entiende ésta Vocalía oportuno declarar nula la cláusula prevista en el art. 9 del Convenio de Empresa 1622/2019E y la cláusula del art. 10 del CCT 781/20, que establece el menor valor de la jornada del trabajador operativo de un call center. Así lo declaro."

"Como ya se explicó más arriba ... la remuneración está fijada no en función de la categorización y jerarquía del trabajador, sino sólo en proporción a una jornada simple efectivamente cumplida y no en función de la jornada reducida; de tal manera que un empleado de mantenimiento ... percibe un salario superior al que se abona al trabajador del sector 'operación' ... Es así que los salarios determinados en los convenios analizados, violan las disposiciones constitucionales referidas a la justicia e igualdad del salario y al orden público laboral (art. 92 ter y 12 LCT)."

"En mérito a lo manifestado en la presente resolutiva, se admite el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, haciéndose lugar a las diferencias salariales y, con ello, a las indemnizaciones por despido incausado, conforme al criterio sustentado en la presente. En lo que atañe al recurso intentado por la parte accionada, se rechaza el mismo, en atención a lo esgrimido en la presente resolución."

¿Cómo votaron los jueces?

Vocal Adolfo J. Castellanos Murga —preopinante— y Vocal María Beatriz Bisdorff que adhiere): los Dres. Castellanos Murga y Bisdorff acuerdan en hacer lugar al recurso de la actora, declarar nulas las cláusulas convencionales que reducen la base salarial y sustituir la sentencia de grado, imponiendo las condenas y regulación de honorarios consignadas. No existe voto en disidencia.

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