ALDERETE LUISA DEL VALLE c/ SABA RODRIGO Y SABA ROLANDO s/ INDEMNIZACION POR FALLEC. TRABAJADOR
La conviviente del trabajador fallecido reclamó reparación integral por muerte y lucro cesante/valor vida además de daño moral. La Cámara de Apelaciones del Trabajo revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, admitió la demanda contra Rolando y Rodrigo Saba en forma solidaria y ordenó nueva liquidación fijando una condena total de $105.672.431,61.
¿Quién es el actor?
Alderete Luisa del Valle, conviviente del fallecido Luis Ernesto Cáceres.
¿A quién se demanda?
Rolando Antonio Saba y Rodrigo Saba (codemandado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por fallecimiento (art. 18 LRT), reparación integral civil (daño moral y daño patrimonial/valor vida/lucro cesante), intereses, costas y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación del demandado Rolando A. Saba; se hizo lugar al recurso de apelación de la actora, revocando parcialmente y sustituyendo puntos de la sentencia de grado: se admitió la demanda de Alderete contra Rolando y Rodrigo Saba y se condenó a ambos en forma solidaria al pago de $105.672.431,61 en concepto de indemnización por fallecimiento (art. 18 LRT), daño moral y lucro cesante/valor vida, con regulación de costas y honorarios conforme lo expresado en la parte resolutiva. Se ordenó nueva planilla fiscal y comunicaciones correspondientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por todo lo expuesto, es que deben responder cada uno de ellos en forma solidaria, Rolando Antonio Saba y Rodrigo Saba, por la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato de trabajo que tuvieron con Luis Ernesto Caceres. Por ello, es admisible este agravio de la parte actora y corresponde revocar el punto II) de la resolutiva de la sentencia apelada, en cuanto rechaza la demanda promovida contra Rodrigo Saba. Así lo declaro."
"De lo expuesto se sigue que la reparación integral civil por el fallecimiento del trabajador comprende ?además del daño moral ya reconocido? el rubro "valor vida" (daño patrimonial), el cual deberá ser cuantificado como obligación de valor a la fecha de la sentencia sustitutiva, conforme los parámetros establecidos en el presente considerando. Así lo declaro."
"En cumplimiento a lo resuelto precedentemente, la nueva planilla de sentencia, la que confeccionada conforme a lo resuelto en la presente sentencia debe ser compulsada como archivo adjunto agregado al sistema SAE, la que se considera parte integrante de esta sentencia, de la que resulta un monto total de condena de $105.672.431,61.- (Pesos ciento cinco millones seiscientos setenta y dos mil cuatrocientos treinta y uno con 61/100) a pagar por los demandados. Así lo declaro."
(Voto de la Vocal Preopinante y adhesión de la Vocal Segunda: el bloque dispositivo final inserto en la parte resolutiva).
¿Cómo votaron los jueces?
Ambos votos (Graciela B. Corai y María del Carmen Domínguez) acuerdan en los fundamentos y en el resultado; no se registra disidencia en el acuerdo final.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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