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Cámara de Apelaciones

PERALTA HUGO ROBERTO c/ PANIGUTTI SARA HORTENCIA s/ DESALOJO

El actor promovió acción de desalojo solicitando la restitución de inmueble por tenencia precaria/poseedor derivada de boleto de compraventa. La Cámara rechazó la apelación de la ocupante y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al desalojo, al entender acreditada la legitimación del actor y la obligación exigible de restitución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL EN DOC. Y LOCACIONES Y FAMILIA Y SUCES. - CONCE - Sala en lo Civil en Documentos y Locaciones (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL EN DOC. Y LOCACIONES Y FAMILIA Y SUCES. - CONCE - Sala en lo Civil en Documentos y Locaciones
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
65/18
Desalojo Tenedor precario Poseedor por boleto Legitimacion activa Desistimiento Litisconsorcio facultativo Interes superior del nino Costas Ejecucion en 30 dias Confirmacion de sentencia

¿Quién es el actor?

Peralta Hugo Roberto (coactor junto a Hilda Rosa Robledo, ésta luego desistió).

¿A quién se demanda?

Panigutti Sara Hortencia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de desalojo y restitución del inmueble sito en calle Maipú Nº 248, Concepción, provincia de Tucumán.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la apoderada de la demandada y se confirmó la sentencia de fecha 01/09/2025 que hizo lugar a la demanda de desalojo contra Panigutti, condenándola a entregar el inmueble libre de cosas y ocupantes en 30 días. Se impusieron costas a la apelante en esta instancia; honorarios reservados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes del fallo (textos originales):

"I) NO HACER LUGAR al recurso de Apelación interpuesto en 18/09/2025 por la apoderada de la demandada y en consecuencia CONFIRMAR la Sentencia de fecha 01 de Septiembre de 2.025, de acuerdo a lo considerado."

"El cuestionamiento relativo a la falta de legitimación del actor Peralta como comodante -que se determina en la sentencia atacada-, si bien es acertada esa consideración, sin embargo no afecta el derecho del accionante a reclamar la restitución del inmueble, pues quedó acreditada su habilitación para accionar en calidad de poseedor, a partir de adquisición por boleto de compra venta."

"De esta manera y como contrapartida, la accionada Panigutti, -habiendo ingresado al inmueble en virtud de un convenio con la actora Robledo, al que Hugo Peralta es ajeno-, reviste sin embargo legitimación pasiva respecto al actor mencionado, al encuadrar en el supuesto de “cualesquiera otros ocupantes cuya obligación de restituir sea exigible”.(art. 499 CPCCT)."

"En cuanto a los agravios sobre imposición de costas que formula la accionada, tampoco alcanzan resultado positivo, pues se mantiene la declaración de derecho en su contra efectuada en la sentencia en crisis. Por lo expuesto, el recurso de apelación impetrado resulta improcedente, por lo que se rechaza en todas sus partes. Costas: a la demandada vencida, por ser ley expresa (art. 62 procesal)."

¿Cómo votaron los jueces?

La Dra. María Cecilia Menéndez expuso fundamentos extensos y concluyó por el rechazo del recurso; el Dr. Roberto Ramón Santana Alvarado adhirió "estando conforme con los fundamentos dados por la Sra. Vocal preopinante, me adhiero al voto que antecede". El dispositivo final acordó por la mayoría antes citada.

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