ARIAS VICENTE ARCANGEL s/ CONCURSO PREVENTIVO
La concursada apeló la regulación de honorarios fijada en la sentencia del 2/3/2021 en el concurso preventivo. La Cámara hizo lugar a la apelación y modificó la regulación, fijando los honorarios del Dr. Marcelo Rolando Toro en la suma de $25.000 al tiempo del auto regulatorio.
¿Quién es el actor?
La concursada (representada por su apoderado letrado) interpuso el recurso de apelación.
¿A quién se demanda?
Sentencia regulatoria de honorarios dictada en autos "ARIAS VICENTE ARCANGEL s/ CONCURSO PREVENTIVO" (Expte. n° 3672/14-I2).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se apeló la regulación de honorarios del Dr. Marcelo Rolando Toro de fecha 2/3/2021 por considerarlos excesivos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación y se modificó la regulación fijando los honorarios del Dr. Marcelo Rolando Toro en $25.000 a la fecha del auto regulatorio; no se impusieron costas por no mediar sustanciación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los honorarios regulados por la actuación cumplida en el incidente de caducidad que pusiera fin al incidente de revisión, fueron fijados en el monto equivalente a una consulta escrita al tiempo de la regulación ($25.000) con más el importe correspondiente a los honorarios procuratorios, conforme lo dispuesto por los arts. 14 y 38 in fine de la ley arancelaria, con fundamento en que la aplicación de los porcentuales de ley arroja un resultado inferior al mínimo legal.
Yerra la sentencia al adicionar el 55% correspondiente a la actuación en doble carácter al monto de la consulta escrita, pues el mínimo legal se aplica para los casos como el de autos, en que el resultado al que se arriba una vez realizadas las operaciones aritméticas de acuerdo a las escalas y porcentajes legales, considerando el carácter de la actuación y las etapas cumplidas, no logra superar el valor de una consulta escrita. Por consiguiente, los honorarios procuratorios (55%) que le corresponden al letrado por la labor profesional cumplida en el doble carácter (art. 14 ley 5480), ya han sido contemplados al efectuar los cálculos conforme con las pautas arancelarias tal como expresamente lo describiera la sentencia en crisis (ver párrafo tercero del apartado IV.), y el piso legalmente establecido resulta respetado al establecer como estipendio el monto de la consulta escrita.
En tal aspecto, los honorarios regulados resultan altos, por lo que corresponde hacer lugar al recurso de apelación deducido y modificar los honorarios regulados al Dr. Marcelo Rolando Toro en el apartado I de la dispositiva de la sentencia recurrida, fijándolos en la suma de $25.000 al tiempo de la sentencia que se modifica.
Atento que no medió sustanciación, no corresponde imposición de costas."
(VOTO/ACUERDO: la parte resolutiva final del Tribunal: "HACER LUGAR al recurso de apelación deducido por la concursada contra la sentencia de fecha 2/3/2021, y FIJAR los honorarios del Dr. Marcelo Rolando Toro en la suma de $25.00, fijados a la fecha del auto regulatorio que se modifica. HÁGASE SABER.")
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