ZARATE FERNANDO SEBASTIAN c/ VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS s/ SUMARISIMO (RESIDUAL)
El actor promovió demanda contra Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados por ajustes y presunta excesiva onerosidad de cuotas del sistema de ahorro previo y falta de información. La Corte declaró inadmisible el recurso de casación y confirmó la imposibilidad de revisar en esta sede la valoración probatoria y fáctica realizada por la Cámara.
¿Quién es el actor?
Fernando Sebastián Zárate.
¿A quién se demanda?
Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamación derivada del sistema de ahorro previo por aumento de cuotas (valor móvil, inclusión de rubro seguro), falta de información, incumplimiento del mandato por la administradora, aplicación de la teoría de la imprevisión, restitución de sumas, reintegro de honorarios de administración, daño moral y multa del art. 52 bis LDC.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el actor contra la sentencia de la Cámara que, en apelación, había dejado sin efecto la sentencia de primera instancia y rechazado la demanda. Además, se ordenó que las costas de esta instancia se impongan según lo dispuesto en el fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes de la sentencia (texto original):
"Corresponde en consecuencia a esta Corte examinar la admisibilidad sustancial del recurso deducido, en virtud de las pautas previstas en los arts. 810 y ss. del CPCC y en la jurisprudencia consolidada del tribunal en cuanto al alcance y objeto del recurso extraordinario provincial. Al respecto, corresponde recordar que el recurso de casación previsto en los arts. 808 y concordantes del CPCC conserva carácter excepcional y no configura una tercera instancia ordinaria. Su objeto no consiste en habilitar un nuevo examen integral del litigio ni en sustituir la apreciación de los jueces de mérito acerca de los hechos de la causa, la prueba producida y las inferencias que de ella extrajeron, sino en verificar, dentro de límites estrictos, si la sentencia impugnada aparece afectada por un error de derecho con entidad decisiva o por un vicio de arbitrariedad de magnitud tal que la descalifique como acto jurisdiccional válido."
"En suma, el recurso no demuestra que la sentencia recurrida haya incurrido en un error de derecho determinante, ni que presente un vicio de arbitrariedad manifiesta, ni que exhiba un apartamiento palmario de las constancias de la causa. Los agravios se reconducen, en esencia, a la pretensión de reabrir el debate sobre la apreciación de hechos, prueba y contexto económico efectuada por la Cámara, o a proponer una solución jurídica diversa sobre una base fáctica ya definitivamente ponderada por los jueces ordinarios. Dado que la casación no ha sido instituida para cumplir esa función revisora amplia, corresponde declarar inadmisible el remedio deducido."
¿Cómo votaron los jueces?
unanimidad (Posse, Estofán y Leiva). No hubo disidencias.
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
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