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Cámara de Apelaciones

ONTIVERO GERMAN ANTONIO Y OTRO c/ MERCADO JULIO ANTONIO s/ CONTRATO ORDINARIO

Los actores demandaron por resolución de contrato y ejecución de sentencia reclamando restitución y pago; la cuestión debatida en esta apelación fue la impugnación del dictamen pericial de tasación. La Cámara hizo lugar al recurso de apelación, revocó la sentencia recurrida y ordenó nueva pericia por perito Ingeniero Civil o Arquitecto por insuficiencias formales y materiales del informe anterior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - CONCEPCION - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - CONCEPCION - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
68/10
Pericia Tasacion Impugnacion Art. 394 cpcct Trazabilidad Vida util Valor de reposicion Galpon-tinglado Padron 169.359 Nueva pericia Observaciones adicionales relevantes (datos numericos y temporales preservados): Sentencia apelada: n?617 de fecha 26/5/2026. Recurso de apelacion interpuesto por el demandado el 10/6/2026 Concedido el 16/6/2026. Sentencia previa de la camara que ordeno aclaraciones al perito: sentencia n?76 del 16/12/2025 (revocatoria de la sentencia n?939 del 29/9/2025) con mandato de producir nuevo dictamen referido al padron n?169.359 y superficie 331 9049 m?. Pericia cuestionada determino valor total del bien en $104.760.614 61 (segun la sentencia recurrida).

¿Quién es el actor?

Germán A. Ontivero y Ramona A. Silva (actores).

¿A quién se demanda?

Julio Antonio Mercado (demandado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción por resolución de contrato con condena a restitución del inmueble sito en calle Aguado 513, Aguilares (galpón-tinglado, Padrón n°169.359, superficie 331,9049 m²) y pago de suma de dinero; etapa de ejecución y regulación de honorarios; pericia de tasación en el marco de la regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por el demandado contra la sentencia de fecha 26/5/2026 que había rechazado la impugnación del informe pericial. Se revocó íntegramente la sentencia apelada y en sustitutiva se hizo lugar a la impugnación de pericia, ordenándose la realización de una nueva pericia de tasación por un perito Ingeniero Civil o Arquitecto en el plazo de diez días, que refiera específicamente al inmueble (Padrón n°169.359, 331,9049 m²). Se impusieron costas por el orden causado; las costas del recurso se imponen a la actora vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El dictamen pericial es el acto mediante el cual el perito o peritos, respondiendo a cada uno de los puntos propuestos por las partes o incluidos por el juez, dan cuenta de las operaciones realizadas y exponen su opinión fundada acerca de las conclusiones que a su juicio cabe extraer de aquéllas (). En razón de que la pericia, por definición, no puede consistir en una mera opinión del perito que prescinda del necesario sustento científico, ni en una proposición dogmática que eluda toda fundamentación, carece de valor probatorio el dictamen que omite suministrar la explicación pormenorizada de las operaciones técnicas llevadas a cabo y de la enunciación de los principios científicos en que se apoyan las conclusiones del experto".

"De la confrontación de la impugnación de la pericia con ésta surge que asiste razón al recurrente. [...] Del análisis de la pericia se desprende una insuficiente identificación y justificación del costo de construcción adoptado. [...] En cuanto a la superficie utilizada para el cálculo, la sentencia recurrida afirmó que los informes de Catastro disipaban toda duda acerca de la superficie considerada, pero no individualizó cuál era concretamente esa superficie ni confrontó ese dato con las operaciones practicadas por el perito. [...] Se advierte así una interrupción en la trazabilidad del cálculo que no fue examinada por la resolución recurrida."

"En lo relativo a la exigencia de contrapericia, no puede compartirse en este caso tal postura, ya que no constituye una exigencia legal ineludible cuando la crítica se dirige a señalar que el propio dictamen omite identificar sus fuentes, justificar sus parámetros o explicar las operaciones que conducen al resultado. [...] Corresponde, por ello, hacer lugar al recurso de apelación interpuesto, y revocar la sentencia en crisis, disponiendo, en sustitutiva hacer lugar a la impugnación de pericia formulada por el demandado y ordenar la realización de una nueva pericia de tasación por un profesional diferente."

¿Cómo votaron los jueces?

la resolución aparece en acuerdo de la Cámara (firmada por las Dras. Luciana Eleas y María José Posse), el bloque dispositivo final es el que decide la revocación y la orden de nueva pericia.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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