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Cámara de Apelaciones

MERHEJ BRAHIM CHABAN ABOUD - MORHELL MARIA ZULEMA s/ SUCESION

David Merhej, en representación de Ganem Brahim Merhej, apeló la aprobación del inventario y avalúo practicado sobre el Padrón 195.987 en el proceso sucesorio. La Cámara rechazó los agravios y confirmó la sentencia de grado: consideró que la tasación del perito sorteado presenta fundamentos técnicos suficientes y que la mera proyección de un loteo futuro no habilita a modificar el valor actual asignado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL EN FAMILIA Y SUCESIONES - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL EN FAMILIA Y SUCESIONES - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
3408/10
Sucesion Inventario y avaluo Tasacion Perito martillero sorteado Padron 195.987 Potencialidad/valoracion Metodo de desarrollo (residual) Error in cogitando Costas Confirmacion de sentencia

¿Quién es el actor?

David Merhej, en representación de Ganem Brahim Merhej (apelante).

¿A quién se demanda?

Sentencia de fecha 12/05/2026 dictada por la jueza del Juzgado en lo Civil en Familia y Sucesiones VIIIª Nominación que aprobó el inventario y avalúo practicado por el martillero sorteado; como interesados intervinieron el perito Alberto Armando Jerez y el coheredero Daniel Yasin Merhej.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación del inventario y avalúo practicado sobre el inmueble Padrón 195.987 (La Ramada, Ruta Provincial N° 304), solicitando revocación del avalúo y ajuste del valor (o en subsidio nuevo sorteo de perito), alegando arbitrariedad, error metodológico y omisión del método residual/de desarrollo.

¿Qué se resolvió?

No hacer lugar al recurso de apelación; se confirma la sentencia de fecha 12/05/2026 que rechazó la impugnación del avalúo; se imponen las costas al apelante y se difiere pronunciamiento sobre honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El inventario tiene por finalidad individualizar y describir los bienes integrantes del acervo, mientras que el avalúo constituye la operación complementaria destinada a determinar su valor. ... Desde esta perspectiva, el examen de esta alzada debe circunscribirse a determinar si las críticas del recurrente poseen entidad suficiente para conmover la valuación practicada y, con ello, la decisión que la aprobó."

"Las críticas del apelante, aun examinadas en su conjunto, no demuestran un desacierto en la valuación practicada. Antes que evidenciar un error en la labor del perito sorteado, expresan una valoración diferente acerca del aprovechamiento económico que podría obtenerse del Padrón 195.987 a partir de su eventual desarrollo inmobiliario. Ello no resulta suficiente para desvirtuar el avalúo practicado ni los fundamentos de la sentencia que rechazó su impugnación. La sentencia en embate no exhibe -como lo pretende el apelante- error en el pensamiento/razonamiento del juez (error in cogitando) que torne defectuosa su motivación."

También es relevante la explicación sobre la potencialidad y su alcance: "La potencialidad de un inmueble puede constituir una de las circunstancias que concurren a determinar su valor actual de mercado, ... Una cosa es ponderar las posibilidades que presenta el bien al tiempo de la tasación; otra distinta es asignarle el valor resultante de una subdivisión, urbanización y posterior comercialización de lotes todavía no concretadas, como pretende el apelante."

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