BARRIONUEVO MARIA MABEL c/ PLAN ROMBO S.A. DE AHORROS PARA FINES DETERMINADOS s/ SUMARIO (RESIDUAL)
La actora promovió acción de consumo contra Plan Rombo S.A. por cobros y omisión de rendición de cuentas en un plan de ahorro previo. La Cámara revocó gran parte de la decisión favorable a la actora: rechazó la apelación de la actora, hizo lugar a la apelación de la demandada y, por mayoría, desestimó la demanda en su totalidad (con disidencia del voto inicial).
¿Quién es el actor?
Sra. María Mabel Barrionuevo.
¿A quién se demanda?
Plan Rombo S.A. de Ahorros Para Fines Determinados.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción sumarísima de consumo por cobros indebidos y falta de información/restitución en un plan de ahorro previo (gastos de entrega, derecho de adjudicación, impuesto Ley 25.413, pago de $16.095,73 en 2021, balance de liquidación, cancelación de prenda, pérdida de chance, daño moral y daño punitivo).
¿Qué se resolvió?
Por mayoría (dos votos), se rechazó íntegramente el recurso de apelación de la actora y se hizo lugar al recurso de apelación de la demandada; se revocó la condena de primer grado (en cuanto admitía restitución por $802,23 y ordenaba presentación del balance) y, en definitiva, se desestimó la demanda en todas sus partes; se eximió de costas a la actora y se reservó regulación de honorarios. La Sra. Vocal Marcela F. Ruiz votó en disidencia proponiendo confirmar y ampliar reintegros y condenas a favor de la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En tal contexto, la solución de la sentencia (que, aun calificando la pretensión como de enriquecimiento sin causa, aplica el plazo residual de cinco años del art. 2560 CCCN, más amplio que el trienal del art. 50 LDC) no luce irrazonable ni restrictiva, sino incluso benigna para el consumidor".
"El art. 2563 inc. 'g' del CCyC, establece que la prescripción comienza a correr desde que la acción puede ser ejercida, esto es, desde que el acreedor se encuentra en condiciones de conocer el hecho generador de la pretensión con una diligencia razonable. Sin embargo, ello no implica supeditar el inicio del cómputo a la realización de un dictamen pericial judicial, ni a la obtención de un conocimiento técnico exhaustivo de la eventual desproporción económica, sino a la posibilidad concreta de advertir el pago cuestionado y de requerir explicaciones o accionar en consecuencia."
"Por consiguiente, corresponde hacer lugar a la defensa de prescripción liberatoria interpuesta por la demandada respecto de las pretensiones monetarias reclamadas como diferencias por gastos de entrega del vehículo y derecho de adjudicación."
Bloque dispositivo final (texto transcripto): "I. RECHAZAR íntegramente el recurso de apelación formulado por la parte actora. II. HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto por la demandada Plan Rombo S.A. de Ahorros Para Fines Determinados. En consecuencia, revocar la sentencia de primera instancia de fecha 14/04/2025 en cuanto admitía la restitución de $802,23 por derecho de adjudicación y ordenaba la presentación del Balance de Liquidación, las que se rechazan por resultar improcedentes y, en definitiva, DESESTIMAR la demanda instaurada por la Sra. María Mabel Barrionuevo en todas sus partes. III. EXIMIR de costas a la actora, en ambas instancias ... IV. RESERVAR pronunciamiento sobre regulación de honorarios para su oportunidad."
¿Cómo votaron los jueces?
la Dra. Marcela F. Ruiz (voto preopinante, en disidencia) proponía, en cambio, hacer lugar parcialmente al recurso de la actora y condenar a Plan Rombo a reintegrar gastos de entrega ($3.493,13), impuesto Ley 25.413, daño moral ($2.000.000) y daño punitivo ($2.000.000), entre otros pronunciamientos favorables al actor; su voto aparece expresamente identificado como en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 25.413Ley de competitividad
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