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Tribunal Superior

MEDINA NUñEZ NOELIA GRISEL c/ MINISTERIO PUPILAR Y DE LA DEFENSA Y OTROS s/ NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO

La actora promovió acción de nulidad de acto administrativo y se diskutió la competencia y conexidad con una causa por daños y perjuicios. La Corte declaró la conexidad con el expediente 729/25 y sostuvo la competencia de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo para continuar con ambas causas acumuladas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
329/25
Conexidad Competencia Acumulacion de causas Nulidad de acto administrativo Danos y perjuicios Camara en lo contencioso administrativo Ministerio pupilar y de la defensa Dictamen fiscal Sala ii Jurisdiccion.

¿Quién es el actor?

Medina Núñez Noelia Grisel.

¿A quién se demanda?

Ministerio Pupilar y de la Defensa y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de acto administrativo.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la conexidad entre la presente causa y el expediente N° 729/25 (Medina Núñez vs. Ponce Molina Gustavo Martín s/ Daños y Perjuicios), y se declaró la competencia de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo para continuar entendiendo en ambas causas una vez acumuladas. Además se ordenó protocolizar el dictamen fiscal de fecha 08 de mayo de 2026.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Esta Corte comparte y se remite a las razones explanadas por el señor Ministro Fiscal en su dictamen de fecha 08 de mayo de 2026, a los efectos de sostener la conexidad de las presentes actuaciones con los autos caratulados 'Medina Núñez Noelia Grisel vs. Ponce Molina Gustavo Martín s/ Daños y Perjuicios' (Expte. N° 729/25) y declarar la competencia de la Sala II de la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo para continuar entendiendo en ambas causas una vez acumuladas.

Por ello, se

R E S U E L V E :

I.- DECLARAR la conexidad entre la presente causa y los autos caratulados 'Medina Núñez Noelia Grisel vs. Ponce Molina Gustavo Martín s/ Daños y Perjuicios' (Expte. N° 729/25).

II.- DECLARAR la competencia de la Sala II de la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo para continuar entendiendo en ambas causas una vez acumuladas.

III.- DISPONER se protocolice el dictamen fiscal de fecha 08 de mayo de 2026.

HÁGASE SABER."

(No consta voto en disidencia en el texto suministrado; la resolución aparece suscripta por los magistrados indicados.)

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