GRAMAJO HUGO AUGUSTO c/ EXPRESO ALPACHIRI SRL s/ COBRO ORDINARIO
El actor reclamó el cobro de $8.400.000 por 420 bolsas de azúcar de 50 kg cada una entregadas y no pagadas. La Cámara de Apelaciones revocó íntegramente la sentencia de primera instancia y ordenó NO HACER LUGAR a la demanda, por insuficiencia probatoria y defectos técnicos en la certificación contable.
¿Quién es el actor?
Hugo Augusto Gramajo (DNI 13.098.916).
¿A quién se demanda?
Expreso Alpachiri SRL (apoderado Dr. Carlos Antonio Tamayo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ordinario por 420 bolsas de azúcar de 50 kg (valor solicitado $8.400.000 a $20.000 c/u al 10/5/2024) o su equivalente en dinero, más intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación de la demandada; se revocó íntegramente la sentencia de primera instancia n° 757/14-8-2025 y se dictó sentencia sustitutiva que NO HACE LUGAR a la demanda; costas a la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la insuficiencia técnica de la certificación contable:
"Analizando la certificación contable acompañada, a fin de determinar su aptitud técnica y valor probatorio, a la luz de las normas profesionales vigentes, en particular de la Resolución Técnica Nº 37 de la FACPCE, surge que no cumple con recaudos esenciales exigidos por la citada normativa, en tanto no efectúa una descripción concreta de la labor desarrollada, limitándose a fórmulas genéricas que impiden conocer el alcance real del trabajo realizado (RT 37, II.C.4). Asimismo, la certificación no acredita el examen de la totalidad del universo objeto del encargo, requisito específico de este tipo de trabajos profesionales, ni individualiza la documentación respaldatoria efectivamente examinada, en contravención a lo dispuesto por la RT 37 (II.B.7.2 y II.B.4) lo que impide la vinculación del informe con la información certificada."
Valor probatorio global y conclusión:
"En tales condiciones, la certificación contable acompañada carece del rigor técnico necesario para ser considerada una certificación válida, correspondiendo asignarle un valor meramente indiciario, insuficiente por sí solo para acreditar los extremos invocados, sin perjuicio de su eventual apreciación conjunta con otros elementos probatorios legítimamente incorporados a la causa... Siendo así, la certificación no alcanza el estándar técnico requerido para conferir valor probatorio pleno, correspondiendo asignarle un alcance meramente indiciario, insuficiente para tener por acreditados los hechos controvertidos, al no contar con otros elementos de convicción que permitan su evaluación complementaria."
Dispositivo de la Cámara (resolución del acuerdo):
"I.- HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto el letrado Carlos Antonio Tamayo, apoderado de la parte demandada -Expreso Alpachiri SRL-, contra la sentencia definitiva n° 757 de fecha 14/8/2025, dictada por el Sr. Juez en lo Civil y Comercial Común de la IIª Nominación de este Centro Judicial Concepción la que se revoca íntegramente. Dictando la sustitutiva: 'I) NO HACER LUGAR a la demanda instaurada por Hugo Augusto Gramajo DNI N°13.098.916 en contra de Expreso Alpachiri SRL, conforme lo considerado. II.- COSTAS a la parte actora, según se considera. III.- HONORARIOS, oportunamente.'"
Sobre el efecto de la falta de producción probatoria y la valoración de remitos y demás documentos:
"Del examen del certificado contable adjunto surge que ... no individualiza ninguna de las documentaciones mencionadas... Los remitos adjuntados de la firma Yabitel SA. -Ingenio Ñuñorco- no fueron reconocidos por la demandada y carecen de otro soporte probatorio que los complemente. Ello permite concluir que la certificación contable acompañada, aun cuando se diga respaldada en remitos y una planilla, no satisface los recaudos exigidos... Siendo así... corresponde hacer lugar al recurso interpuesto por la parte demandada y revocar la sentencia, con costas a la parte actora en su calidad de vencida."
¿Cómo votaron los jueces?
Voto unánime de las Sras. Vocales María José Posse (preopinante) y Luciana Eleas (adhesión).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.