HERRERA, MANUEL FRANCISCO c/ BANCO MACRO S.A. s/ CONTRATO ORDINARIO
El actor demandó al Banco Macro S.A. por incumplimiento contractual en contrato de préstamo y reclamó reintegro y $400.000 por daño moral más multa civil por actos desaprensivos. La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación del banco: revocó la multa civil por actos desaprensivos y redujo la indemnización por daño moral a $400.000, confirmando el reintegro.
¿Quién es el actor?
Manuel Francisco Herrera.
¿A quién se demanda?
Banco Macro S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de consumo por incumplimiento de préstamos (Préstamo N° 799767 y Préstamo N° 6168), reintegro de sumas y reparación por daño moral; se solicitó además aplicación de multa civil por actos desaprensivos (daños punitivos).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por el demandado, revocando la multa civil por actos desaprensivos y reduciendo la indemnización por daño moral a $400.000. No se hizo lugar al recurso de apelación por adhesión de la actora. Se distribuyeron las costas por el orden causado y se reservaron honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por la Sentencia Nº 2280 de fecha 16/09/2025, el Sr. Juez en lo Civil y Comercial Común de la VIII Nominación, Pedro Manuel Ramón Pérez, en lo pertinente y sustancial, resuelve hacer lugar a la acción de consumo promovida por Manuel Francisco Herrera en contra del Banco Macro S.A., condenando al demandado a reintegrar al actor la suma de $88.844,33; y a pagarle $7.448.058,73 en concepto de daño moral y daño punitivo. Todo con más intereses."
"Consecuentemente, el a quo incurre en una incongruencia, resolviendo ultra petita, al fijar una indemnización por 'daño moral' que supera en 10 veces lo reclamado en la demanda ($400.000) por el rubro. La cláusula 'o lo que en más o en menos surja de las probanzas', no puede justificar tal incongruencia ... Por lo tanto, corresponde acoger parcialmente el agravio, reduciendo la indemnización por el rubro 'daño moral', a la suma de $400.000 reclamada en la demanda."
"Es criterio constante de esta Sala que no basta con el mero incumplimiento legal o contractual para que sean aplicables los daños punitivos o multa civil por actos desaprensivos, sino que se requiere la concurrencia de un elemento objetivo y de otro subjetivo. ... tales requisitos no concurren en el caso toda vez que, a la luz de las pruebas rendidas en la causa, la conducta del Banco Macro S.A. no excede de la mera negligencia y, por tanto, no justifica la imposición de una sanción ejemplar..."
¿Cómo votaron los jueces?
"Así lo voto." (votos coincidentes de los Dres. Benjamín Moisá y María Dolores Leone Cervera, señalándose que la sentencia fue dictada por dos miembros del Tribunal por existir coincidencia de votos entre el primer y segundo votante).
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