MOSELE VALERIA SOLEDAD c/ CITYTECH S.A. s/ COBRO DE PESOS
La actora promovió demanda por cobro de pesos contra Citytech S.A. La Corte, por la Sala en lo Laboral y Contencioso Administrativo, declaró inadmisible y mal concedido el recurso de casación de la demandada por ausencia de gravedad institucional y le impuso las costas.
¿Quién es el actor?
Mosele Valeria Soledad (actora).
¿A quién se demanda?
Citytech S.A. (demandada).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos (acción de cobro).
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible y, por ende, mal concedido el recurso de casación interpuesto por Citytech S.A. contra la sentencia N° 11 de la Cámara de Apelación del Trabajo, Sala IV (05/02/2021) y su aclaratoria N° 66 (22/04/2021). Se impusieron las costas de la instancia a la recurrente y se reservó pronunciamiento sobre regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
II.- "Siendo inherente a la competencia funcional de esta Corte, por su Sala en lo Laboral y Contencioso Administrativo como Tribunal de casación, la de revisar lo ajustado de la concesión efectuada por el A quo, la primera cuestión a examinar es la relativa a la admisibilidad del remedio impugnativo extraordinario local.
Ha sido interpuesto dentro del plazo que consagra el artículo 132 del CPL. Sin embargo, las exigencias previstas en el artículo 130 del CPL no se encuentran satisfechas en su totalidad. Es que, si bien la sentencia cuestionada es definitiva en tanto se expide sobre la fundabilidad de la pretensión principal; en cambio, no se encuentra cumplido en la especie el otro extremo requerido por la mencionada norma, esto es, que la cuestión asuma gravedad institucional. Ello es así, toda vez que el tópico debatido no excede el interés individual del recurrente, ni de las partes, ni afecta al de la comunidad (conf. CSJT: sentencia Nº 739, del 11-8-2008, entre muchas otras).
De acuerdo al artículo 130 del CPL (texto según Ley N° 8.969, B.O.: 04-01- 2017), el recurso de casación procede “en contra de las sentencias definitivas dictadas por la Cámara de Apelación del Trabajo y contra las demás sentencias de este tribunal que tengan la virtualidad de poner fin al pleito o hacer imposible su continuación, únicamente en la medida en que el punto debatido asuma gravedad institucional” (la cursiva me pertenece)."
III.- "Por lo expuesto, corresponde declarar inadmisible y, por ende, mal concedido el recurso de casación deducido por la parte demandada contra la sentencia N° 11 de la Excma. Cámara de Apelación del Trabajo, Sala IV, de fecha 05 de febrero de 2.021, y su aclaratoria N° 66 dictada por el mismo Tribunal en fecha 22 de abril de 2.021."
IV.- "Atento al resultado inferido, por el principio objetivo de la derrota, las costas de esta instancia extraordinaria local se imponen a la recurrente vencida, demandada en autos (artículos 49 del CPL y 105, primera parte, del CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
Los tres vocales (Eleonora Rodríguez Campos —voto preopinante—; Antonio D. Estofán; Claudia Beatríz Sbdar) adhirieron a la inadmisibilidad por razones de forma y/o fondo: la preopinante centró el rechazo en la falta de gravedad institucional; el Dr. Estofán añadió que, además, los agravios se limitan a discrepancias valorativas de la prueba sin demostrar arbitrariedad; la Dra. Sbdar coincidió con ambas apreciaciones e impuso costas.
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