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Tribunal Superior

SANTUCHO JOSE ARTURO Y SANTUCHO RODRIGO EMANUEL c/ REYES SANCHO MIñANO ALVARO s/ COBRO DE PESOS

Los actores interpusieron recurso de queja por casación denegada en autos por cobro de pesos. La Corte declaró inadmisible el recurso por omisión de copias exigidas por el art. 140 CPL, al entender que la falta de la sentencia recurrida impide el examen del motivo, y devolvió las actuaciones a su origen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Laboral y Contencioso Administrativo (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Laboral y Contencioso Administrativo
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
194/18-Q1
Recurso de queja Casacion denegada Inadmisibilidad Art. 140 cpl Omision de copias Admisibilidad Devolucion de actuaciones Cobro de pesos Sala i camara del trabajo 8-06-2021

¿Quién es el actor?

Santucho José Arturo y Santucho Rodrigo Emanuel (parte actora).

¿A quién se demanda?

Reyes Sancho Miñano Alvaro (contra quien se originó el expediente sobre cobro de pesos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos; se interpuso recurso de casación y, tras denegarse, recurso de queja por casación denegada.

¿Qué se resolvió?

Se declaró inadmisible el recurso de queja por casación denegada y se devolvieron las actuaciones a su origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

II.- "En el marco del examen de admisibilidad del recurso de queja que compete realizar a este Tribunal, se advierte que el quejoso, cuando realizó su presentación, omitió acompañar todas las copias exigidas por el artículo 140 CPL. Concretamente, el recurrente no acompañó las copias de la sentencia recurrida en casación, inobservando un requisito de admisibilidad previsto expresamente."

"El recurso de queja por denegatoria de la casación es una vía procesal extraordinaria autónoma, lo que implica que debe bastarse a sí mismo. En ese afán, los recursos extraordinarios tienen un conjunto de exigencias que deben cumplirse inexorablemente en su presentación. La omisión de alguno de los requisitos exigidos por nuestro Digesto Procesal, constituyen un valladar insalvable, en tanto impiden analizar el planteo en base a los elementos de juicio aportados."

"Concretamente en el caso de marras, la carencia de la copia de la sentencia definitiva implica no sólo la vulneración del requisito formal, sino también impide estudiar los motivos sustanciales del recurso."

R E S U E L V E :

I.- "DECLARAR INADMISIBLE el recurso de queja por casación denegada deducido por la parte actora contra la sentencia emitida el 8 de junio de 2021 por la Sala I de la Excma. Cámara del Trabajo del Centro Judicial Concepción; y DEVOLVER las actuaciones a su origen; por lo considerado."

¿Cómo votaron los jueces?

Sentencia suscripta por la Dra. Claudia Beatriz Sbdar (Presidenta), Dr. Antonio D. Estofán (Vocal) y Dra. Eleonora Rodríguez Campos (Vocal). El dispositivo se pronuncia en el bloque final y dispone la inadmisión; no consta disidencia.

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