PEÑALBA MOYANO GUSTAVO ADOLFO c/ PROYECTOS METALURGICOS SA s/ COBRO DE PESOS
El actor promovió demanda laboral contra Proyectos Metalúrgicos SA reclamando remuneraciones, indemnizaciones y otros rubros por despido indirecto. La Cámara de Apelación del Trabajo admitió parcialmente la apelación, revocó y amplió la condena de primera instancia a $5.448.657,71 por diversos rubros (SAC, vacaciones, diferencias salariales, indemnizaciones y duplicación DNU 34/19) y confirmó el rechazo de horas extras y la multa de la Ley 25.323.
¿Quién es el actor?
Gustavo Adolfo Peñalba Moyano (DNI 16.458.021).
¿A quién se demanda?
Proyectos Metalúrgicos SA (CUIT 30-70772880-5).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos por rubros laborales. Reclamo de SAC proporcional 2021, vacaciones 2020 y proporcionales 2021, indemnización artículo 80 LCT, haberes enero y febrero 2021, SAC segundo semestre 2020, diferencias salariales (ago-dic 2020), indemnización por antigüedad, preaviso e indemnización sustitutiva, integración del mes de despido, duplicación por DNU 34/19, horas extras y multa por art. 2 Ley 25.323, entre otros.
¿Qué se resolvió?
Se admite parcialmente la apelación y, en consecuencia, se sustituye la condena para declarar procedentes—entre otros—los rubros indicados y fijar el monto total en $5.448.657,71; se confirma el rechazo del reclamo por horas extras y de la multa prevista en la Ley 25.323; se ajustan costas y se regulan honorarios de primera y segunda instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Fragmentos textuales (2-3 párrafos relevantes extraídos del fallo, en lenguaje original del tribunal):
1) “Advierto que, en tales declaraciones, la sentencia apelada ha evidenciado un marcado desapego de las constancias del expediente; específicamente, del desconocimiento expreso formulado por el actor, en la oportunidad procesal pertinente, respecto del contenido de la certificación de servicios y remuneraciones acompañada por la demandada.”
2) “La falta de exhibición de los recibos de haberes del actor y el libro de remuneraciones, como ya dijimos, crea una presunción en su contra (no desvirtuada en autos) y, por lo tanto, debe tenerse por cierto que esos fueron los importes que Peñalba percibió de agosto a noviembre de 2020… Por lo considerado, las diferencias salariales correspondientes a los meses comprendidos en el período que va de agosto a diciembre 2020 también deben integrar la condena, por no haberse acreditado su pago (más allá del importe invocado por el accionante). Así lo declaro.”
3) “En mérito a lo considerado, estimo que el actor tuvo razón suficiente para darse por despedido ante la falta de provisión de tareas efectivas por parte de la demandada. Así lo declaro. Como consecuencia de ello, estos agravios resultan procedentes y los rubros indemnizatorios (antigüedad, preaviso, integración del mes de despido) y SAC sobre preaviso deben integrar la condena. Así lo declaro.”
No hubo votos en disidencia; la segunda vocal “Por compartir los fundamentos… voto en igual sentido”.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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