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Cámara de Apelaciones

BARRERA PABLO ERNESTO c/ TERAN VIAÑA RODOLFO AUGUSTO Y OTRO SOCIEDAD DE HECHO Y OTROS s/ DESPIDO

El tercero Lucas Fernando Romera apeló el rechazo de su pedido de sustitución de embargo sobre una cabina de horno. La Cámara de Apelación del Trabajo, por mayoría, rechazó la apelación y confirmó la sentencia interlocutoria porque el depósito ofrecido por el tercero resultó insuficiente para preservar la integridad del crédito ya reconocido y ejecutado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1523/17-I4
Sustitucion de embargo Embargo definitivo Tercero adquirente Tutela del credito Costas procesales Principio objetivo de la derrota Ejecucion laboral Cabina de horno Deposito judicial Confirmacion de interlocutoria.

¿Quién es el actor?

Pablo Ernesto Barrera (actor originario en el juicio por despido).

¿A quién se demanda?

Teran Viaña Rodolfo Augusto y otro, sociedad de hecho y otros (demandados en el juicio principal). Recurrente en esta instancia: Lucas Fernando Romera (tercero ajeno a la litis).

Qué se reclama (Objeto de la demanda/incidente): Petición de sustitución de embargo trabado sobre una cabina de horno de secado marca Gottert; pago de sumas reconocidas por sentencia por despido y acrecidas; impugnación de la imposición de costas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por Lucas Fernando Romera y se confirmó la sentencia interlocutoria N° 456 de fecha 17/04/2026 que rechazó su pedido de sustitución de embargo; se impusieron las costas de segunda instancia al apelante; se reservó pronunciamiento sobre honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Sin embargo, el ofrecimiento soslaya que como consecuencia de sentencia definitiva dictada por Excma. Cámara de Apelación del Trabajo en fecha 28/10/2024, actualmente firme, el monto de condena ascendió a la suma de total de $2.506.406,82 (pesos dos millones quinientos seis mil cuatrocientos seis con 82/100). Esta circunstancia motivó que el embargo adquiriera el carácter de definitivo y que fuera posteriormente ampliado mediante resolción Nº 2034 del 04/12/2025.

La resolución mencionada ordenó trabar embargo definitivo sobre la cabina de horno hasta cubrir la suma de $3.186.057,59 en concepto de planilla de actualización del capital condenado; $1.952.221,80 en concepto de actualización de honorarios de la letrada Mónica del Valle Almasán; $195.222,18 correspondientes a aportes de la Ley 6.059; y $500.000 calculados provisoriamente para responder por acrecidas, medida que se hizo efectiva el 17/12/2025.

De ello se sigue que el ofrecimiento por parte del tercero resulta insuficiente para tutelar la integridad del crédito reconocido a favor del actor Barrera. Así, esta Vocalía entiende que admitir su pretensión en los términos propuestos importaría, trasladar al acreedor embargante las consecuencias de un negocio jurídico entre la parte demandada y un tercero, sin que se encuentre debidamente garantizada la preservación de la integridad de su crédito."

Sobre costas: el tribunal confirmó la imposición de costas al apelante, aplicando el principio objetivo de la derrota y entendiendo que no surgieron circunstancias objetivas que justifiquen eximir al vencido.

¿Cómo votaron los jueces?

Acuerdo por mayoría con dos votos coincidentes (Vocal Graciela B. Corai, preopinante, y Vocal Juan Pablo Flores adhiriente). No hubo disidencias.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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