MEDINA GRACIELA c/ EMPRESA EL CEIBO S.R.L. Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora demandó por daños y perjuicios contra Empresa El Ceibo S.R.L. y otros, reclamando actualización de capital e intereses. La Cámara hizo lugar al recurso de apelación del demandado y dejó sin efecto la imposición de costas dispuesta en el apartado II de la sentencia de primera instancia, por entenderla incausada.
¿Quién es el actor?
MEDINA GRACIELA (actora).
¿A quién se demanda?
EMPRESA EL CEIBO S.R.L. y el Sr. Félix Jesús Espeche (y otros).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios; se discutió planilla de actualización de capital e intereses y una oferta de dación en pago de sumas embargadas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la demandada contra el apartado II de la sentencia de fecha 24/4/2020 y, en consecuencia, se dejó sin efecto la imposición de costas que había sido cargada al demandado; las costas de la instancia de apelación se imponen por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La sentencia del 24/4/2020 que viene ahora apelada resolvió 'I.- Hacer Lugar parcialmente a la planilla de actualización la planilla de actualización presentada por el Dr. Emilio Guagnini, apoderado de la parte actora, en contra de los demandados El Ceibo S.R.L. y el Sr. Félix Jesús Espeche conforme lo considerado. En consecuencia, el capital condenado y sus intereses ascienden a la suma de 92.742,47 (noventa y dos mil setecientos cuarenta y dos con cuarenta y siete centavos) al día de la presente resolución. II. COSTAS, al demandado vencido. III. Honorarios para su oportunidad.'"
"El recurso resulta procedente.
Citando a Palacio, dice Roberto Loutayf Ranea: 'Denomínase incidente a todas las cuestiones contenciosas que pueden suscitarse durante el desarrollo del proceso y guarden algún grado de conexión con cualquiera de los elementos que lo integran, es decir con los sujetos, con el objeto, con las dimensiones de lugar, tiempo y forma en que se escinde la actividad procesal. Es necesario que se trate de una cuestión contenciosa, o sea que exista un conflicto de intereses; debe existir una contienda que sea dirimida por un tercero imparcial' (Loutayf Ranea 'Condena en costas en el proceso civil', Astrea, Bs.As. 2013, pág.275).
De ello se sigue que el incidente o la incidencia que da lugar a una imposición de costas independiente, supone una típica controversia, si bien con tramitación simplificada, con sustanciación y con un verdadero carácter independiente. ... En autos, la planilla presentada por la actora no fue impugnada por los demandados; y la dación en pago ofrecida por el demandado ahora apelante, que fuera rechazada por la actora, no supone un contradictorio que merezca un pronunciamiento especifico; más bien puede tener influencia sobre el curso de los intereses, pero -tal como quedara dicho- ese punto de la sentencia no fue objeto de agravios por el apelante. Por ello, y en tanto no se advierte que la sentencia recurrida hubiere resuelto alguna cuestión contradicha por las partes, la imposición de costas se aprecia incausada."
(Se consignan además los pronunciamientos dispositivos finales:) "I. HACER LUGAR al recurso de apelación deducido por el demandado contra el apartado II de la sentencia de fecha 24/4/2020 (fs.544/55), y en consecuencia DEJAR SIN EFECTO la imposición de costas allí decidida. II. COSTAS de esta instancia, por su orden. III. HONORARIOS, oportunamente."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.