JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

ZURITA OSCAR ANTONIO c/ ECCO S.A. s/ COBRO DE PESOS

El actor promovió recurso extraordinario federal contra la sentencia que declaró inadmisible el recurso de casación en autos por cobro de pesos. La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario por incumplimiento formal del Reglamento (exceso de renglones en las fojas indicadas) y por ausencia de cuestión federal y de fundamentos suficientes de arbitrariedad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Laboral y Contencioso Administrativo (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Laboral y Contencioso Administrativo
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
345/13
Recurso extraordinario federal Inadmisibilidad Formalismo procesal Articulo 1? acordada 04/2007 Cuestion federal ausente Arbitrariedad Cobro de pesos Cpl art. 130 Costas Tribunal laboral

¿Quién es el actor?

Oscar Antonio Zurita (parte actora).

¿A quién se demanda?

Ecco S.A. (parte demandada en autos "Zurita Oscar Antonio c/ Ecco S.A. s/ Cobro de pesos").

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos (acción de cobro); recurso extraordinario federal contra sentencia previa que había declarado inadmisible la casación.

¿Qué se resolvió?

Denegar la concesión del recurso extraordinario federal; imponer costas a la parte recurrente; diferir regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes (lenguaje original del tribunal):

"II.- Siendo inherente a la competencia de esta Corte decidir sobre la admisibilidad del recurso extraordinario federal incoado, corresponde expresar que, si bien ha sido interpuesto dentro del plazo que establece el artículo 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no cumple con las previsiones formales establecidas en el artículo 1º del Reglamento para la interposición del recurso de marras aprobado por Acordada Nº 04/2007 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación. Ello es así, toda vez que el escrito de interposición del recurso extraordinario federal contiene más de veintiséis (26) renglones en sus páginas 36, 37 y 38.

El Supremo Tribunal federal, exigiendo su cumplimiento, ha rechazado, en reiteradas oportunidades, recursos que no han observado dicho recaudo (CSJN, Álvarez, Luis Roque c. YPF S.A. y otro, 11-12-2007; Acevedo, Eliana Elizabeth c. Provincia Servicios de Salud S.A. y otros, 26-02-2008; Arias, Julio César c. YPF S.A. y otros, 26-02-2008; entre otros).

La apuntada circunstancia constituye, per se, razón suficiente para denegar la concesión del recurso extraordinario intentado, de conformidad a lo prescripto por el artículo 11 del Reglamento aprobado por Acordada Nº 04/2007 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación."

"1.-Preliminarmente corresponde señalar que el recurso extraordinario federal previsto por la ley 48 es un remedio procesal ... En el caso que nos ocupa, consideramos que no concurre el requisito propio del recurso intentado -cuestión federal- y que el excepcional supuesto de arbitrariedad de sentencia alegado por el recurrente no se advierte configurado. ... El recurrente -como bien observa el Ministro fiscal en su dictamen- no fundó su agravio respecto de la decisión de esta Corte que aplicó el art. 130 CPL. Debió agraviarse del razonamiento sentencial que aplicó el art. 130 CPL, justificando que ello era causal del recurso extraordinario federal. Sin embargo, se limitó a señalar que ello “conlleva la vulneración expresa de los derechos y garantías constitucionales referidos al debido servicio de justicia, debido proceso e inviolabilidad del derecho de defensa en juicio (art18)”.

Los agravios deben tener suficiencia técnica, pues la finalidad de la actividad recursiva consiste precisamente en demostrar el desacierto de la resolución que se recurre y los motivos para considerarla errónea. ... la doctrina de la arbitrariedad no resulta apta para corregir fallos que el recurrente estime equivocados según su criterio, sino que tiende a cubrir defectos realmente graves de fundamentación o razonamiento, que impiden considerar la sentencia apelada como acto jurisdiccional válido ..."

Bloque resolutivo final (dispositivo):

"R E S U E L V E :

I.- DENEGAR la concesión del recurso extraordinario federal planteado por la parte actora contra la sentencia de esta Corte Nº 209 dictada en fecha 18-3-2021; conforme a lo considerado.

II.- COSTAS, como están consideradas.

III.- DIFERIR pronunciamiento sobre regulación de honorarios para su oportunidad."

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión surge del acuerdo mayoritario; los votos de los Vocales Estofán, Sbdar, Posse y Leiva adhieren al voto preopinante de la Dra. Eleonora Rodríguez Campos que expone los motivos formales y de fondo (ausencia de cuestión federal y falta de demostración de arbitrariedad).

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.