JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

RIVERO MARIO RODOLFO c/ PROVINCIA DE TUCUMAN s/ DAñOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios por lesiones e incapacidad derivadas de un incendio ocurrido en la Comisaría de Monteros. La Corte casó parcialmente la sentencia de la Cámara exclusivamente en cuanto al monto por incapacidad sobreviniente y ordenó remitir las actuaciones para que se recalculen ese rubro conforme las pautas fijadas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
157/21
Danos y perjuicios Responsabilidad estatal Falta de servicio Incendio en comisaria Incapacidad sobreviniente Formula art. 1746 cccn Remision para nuevo calculo Dano moral Costas Provincia de tucuman.

¿Quién es el actor?

Mario Rodolfo Rivero.

¿A quién se demanda?

Provincia de Tucumán.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios (lesiones, gastos médicos, incapacidad sobreviniente, daño moral) por incendio ocurrido en calabozo de comisaría el 05/04/2018.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por la Provincia; se casó parcialmente la sentencia de la Cámara dejando sin efecto, en cuanto al monto, el rubro “incapacidad sobreviniente” y se dispuso la remisión de autos a la Cámara para que, con la integración que corresponda, efectúe un nuevo cálculo de ese rubro conforme a las pautas sentadas. En lo demás, se rechazó la casación. Se impusieron costas de la instancia conforme se detalla y se reservó regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes (texto original):

"I.- HACER LUGAR PARCIALMENTE, con devolución del depósito, al recurso de casación planteado por la Provincia de Tucumán contra la sentencia N° 584 de la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sala II, de fecha 28 de agosto de 2025. En consecuencia, CASAR PARCIALMENTE dicha sentencia, dejando sin efecto parcialmente el punto I° de su parte resolutiva (en cuanto al monto de condena fijado en concepto de incapacidad sobreviniente), conforme a la doctrina legal enunciada en el considerando; y DISPONER LA REMISIÓN de los presentes actuados al referido Tribunal a fin de que, con la integración que corresponda, efectúe un nuevo cálculo del rubro “incapacidad sobreviniente”, de conformidad a las pautas sentadas en esta sentencia. EN LO DEMÁS, no hacer lugar al mencionado recurso."

"De acuerdo con el marco conceptual del caso y la pericial médica del Dr. Perseguino (no impugnada)... Precisado de la manera indicada el porcentual de incapacidad, para justipreciar la reparación por este concepto, refiere a las previsiones del artículo 1746 del CCCN... ‘a’ ($1.201.980 + $72.118) x ‘b’ (15,707572) = ‘C’ ($20.012.998,6). En virtud de lo expuesto, se fija como suma a indemnizar a favor del Sr. Mario Rodolfo Rivero en concepto de incapacidad sobreviniente el monto de $20.012.998,6."

"No obstante ello, igualmente debe anularse el cálculo del rubro “incapacidad sobreviniente” llevado a cabo por la Cámara, dado que, como se vio, tal proceder significó incurrir en todas las falencias señaladas en el apartado IV.6.- de este voto; las cuales se traducen en un incumplimiento del deber de fundamentación que imponen los arts. 30 de la Constitución de la Provincia de Tucumán y 212 del CPCC; lo que, a su vez, determina la descalificación del fallo como acto jurisdiccional válido a la luz de la doctrina de esta Corte en materia de arbitrariedad de sentencia."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia fue acordada por unanimidad de las tres vocales/os (voto preopinante Dra. Rodríguez Campos; adhesiones Dra. Sbdar y Dr. Leiva).

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.