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Cámara de Apelaciones

PROVINCIA DE TUCUMAN - DGR c/ FIDEICOMISO LA ERNESTINA s/ EJECUCION FISCAL

La Provincia de Tucumán – DGR promovió ejecución fiscal por impuesto de sellos por $5.457,10 contra el Fideicomiso La Ernestina. La Cámara revocó la sentencia de grado, rechazó la excepción de inhabilidad de título por falta de legitimación pasiva y ordenó continuar la ejecución contra el fideicomiso en la persona de su fiduciario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
3172/19
Fideicomiso Ejecucion fiscal Impuesto de sellos Legitimacion pasiva Persona tributaria Cuit Provincia de tucuman dgr Costas Honorarios Boleta bte/2794/2019

¿Quién es el actor?

Provincia de Tucumán – Dirección General de Rentas (DGR).

¿A quién se demanda?

Fideicomiso La Ernestina, en la persona de su fiduciario Sr. Armando José Apud.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal por impuesto de sellos, suma reclamada $5.457,10 (boleta BTE/2794/2019), más intereses, gastos y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación de la Provincia; se revocó la sentencia de fecha 8/3/2021; se rechazó la excepción de inhabilidad de título por falta de legitimación pasiva planteada por el fiduciario; se ordenó proseguir la ejecución contra el fideicomiso, representado por su fiduciario; se impusieron costas y se regularon honorarios conforme al pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De lo reseñado, no surge duda alguna que en autos el sujeto tributario pasivo es el Fideicomiso demandado, en la persona de su fiduciario el Sr. Armando José Apud por ser el titular del dominio fiduciario, quien en oportunidad de apersonarse y oponer la defensa en examen no puede postular la falta de legitimación pasiva del Fideicomiso y su ajenidad a la relación jurídico tributaria que derivaron en cargos cuya satisfacción persigue la accionante."

"La conclusión arribada en modo alguno implica desconocer que el fideicomiso es un contrato, no un sujeto de derecho y que carece de personalidad jurídica, pero no puede desconocerse los aspectos impositivos derivados de la constitución de un fideicomiso y su posterior actividad como fue analizado, que permite dotarla de personalidad tributaria."

Bloque dispositivo final: "I.- HACER LUGAR, conforme lo considerado, al recurso de apelación interpuesto por la Provincia de Tucumán D.G.R. ... RECHAZAR, por lo considerado, la excepción de inhabilidad de título por falta de legitimación pasiva interpuesta por el fiduciario de la demandada Fideicomiso La Ernestina, y por consiguiente ORDENAR se lleve adelante la presente ejecución ... de PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 10/100 ($5.457,10) con más sus intereses, gastos y costas. II.- COSTAS a la demandada, conforme se considera. III.- REGULAR HONORARIOS ... PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000) ... IV.- REGULAR HONORARIOS ... PESOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($38.750)".

(No se consignaron votos en disidencia en el expediente.)

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