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Tribunal Superior

VALLEJO LUCAS GUILLERMO Y VALLEJO DANIEL ALFREDO c/ PERA WALTER GERARDO Y OTRO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores solicitaron regulación de honorarios por las actuaciones relativas al recurso de casación en causa por daños y perjuicios. La Corte reguló los honorarios concediendo sumas específicas a los letrados intervinientes, reduciendo los montos respecto de las pautas vigentes por considerar desproporción entre el trabajo y el escaso monto en juego.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Civil y Penal (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Civil y Penal
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
3046/11
Honorarios Casacion Regulacion Ley 5.480 Ley 24.432 Tasa activa Danos y perjuicios Reduccion Consulta escrita Provincia de tucuman

¿Quién es el actor?

Vallejo Lucas Guillermo y Vallejo Daniel Alfredo.

¿A quién se demanda?

Pera Walter Gerardo y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación resuelto por esta Corte en fecha 28/02/2019 (causa principal: daños y perjuicios).

¿Qué se resolvió?

Se regularon honorarios por las actuaciones en el recurso de casación asignando a los letrados Luis R. Cecenarro la suma de $5.100 y a Mónica Ganassin la suma de $9.100.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se tomará como base regulatoria la suma fijada en la instancia anterior, la cual asciende a $123.217, al 09/8/2021.

Se aplicará la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, la cual calculada al 28/9/2021 arroja la suma de $129.995,41.

Se tendrán en cuenta las pautas y porcentajes que surgen de aplicar los arts. 14, 15, 19, 38, 39, 51 y demás concordantes de la Ley Nº 5.480.

Ahora bien, consideramos que en el presente caso, el valor vigente asignado a una consulta escrita, ocasiona una evidente desproporción entre el resultado obtenido y el escaso monto en juego. Por las razones expuestas y conforme facultades conferidas por el art. 13 de la Ley Nº 24.432, consideramos que existen razones suficientes para fijar honorarios por debajo de los valores establecidos para una consulta vigente.

R E S U E L V E :

REGULAR HONORARIOS por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación resuelto mediante sentencia N° 155 de fecha 28/02/2019, a los letrados Luis R. Cecenarro (apoderado), en la suma de $5.100 (pesos cinco mil cien) y Mónica Ganassin (apoderada), en la suma de $9.100 (pesos nueve mil cien)."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia está firmada por la Dra. Claudia Beatriz Sbdar (Presidenta), Dr. Daniel Oscar Posse (Vocal) y Dr. Daniel Leiva (Vocal). No se registra disidencia en el pronunciamiento.

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