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Cámara de Apelaciones

CONSORCIO DE PROPIETARIOS EDIFICIO LAS HERAS 78/80 c/ PEÑALBA CORINA MARIA s/ COBRO EJECUTIVO DE EXPENSAS

El actor promovió cobro ejecutivo de expensas y se solicitó la regulación de honorarios por las actuaciones en Alzada. La Cámara reguló honorarios al apoderado de la actora por dos recursos de apelación y rechazó la regulación por actuación extemporánea, fundando los montos en el valor actual de la consulta escrita y porcentajes de la Ley de Aranceles.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 2 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 2
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
10423/17
Cobro ejecutivo Expensas Regulacion de honorarios Apelacion Apelacion subsidiaria Inoficiosidad Consulta escrita Ley de aranceles Costas Extemporaneidad

¿Quién es el actor?

Consorcio de Propietarios Edificio Las Heras 78/80 (parte actora; apoderado: Dr. Gastón Campopiano Armayor).

¿A quién se demanda?

Peñalba Corina María.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo de expensas (Expte. N° 10423/17).

¿Qué se resolvió?

Se regulan honorarios al letrado Gastón Campopiano Armayor por las actuaciones en Alzada: $1.800 por el recurso de revocatoria con apelación en subsidio resuelto el 04/12/2018 y $9.000 por la apelación resuelta el 11/08/2021. No corresponde regular honorarios al letrado Gonzalo Peñalba Pinto por no haber obtenido regulación en la instancia de grado y no se regulan honorarios por la apelación subsidiaria resuelta el 20/12/2019 por considerarse inoficiosa la labor (escritura extemporánea).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Obra regulación de honorarios por actuaciones en la primera instancia de fecha 30/06/2020 (fs. 174/178), en la que se reguló por el principal al letrado GASTON CAMPOPIANO ARMAYOR -apoderado de la parte actora- la suma de $31.000, por lo que corresponde acceder a lo peticionado y fijar los estipendios del letrado que actuó en esta Alzada. En cuanto al letrado GONZALO PEÑALBA PINTO, no cabe regular sus emolumentos profesionales por no haber obtenido regulación en la instancia de grado."

"Para determinar los honorarios del letrado GASTON CAMPOPIANO ARMAYOR se tomará el valor actual de la consulta escrita regulada en primera instancia, conforme jurisprudencia imperante en la Cámara ..., el que actualmente asciende a la suma de $30.000. Sobre dicho monto, con relación a la apelación interpuesta en el proceso principal, se aplicará el porcentaje del 30% para el ganador atento al resultado del recurso; sin adicionar los procuratorios del art. 14 LA..."

"Con relación a la apelación en subsidio resuelta el 20/12/2019 (fs. 164/165), surge del proveído del 30/09/2019 (fs. 153) que la contestación de la parte actora fue realizada de manera extemporánea... Ante ello, resulta inoficiosa la labor allí desplegada, por lo que no cabe regular honorarios al letrado apoderado de la actora por esa tarea, conf. art. 16 LA."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución se expone como dispositivo único del tribunal ("RESOLVEMOS: I.- REGULAR HONORARIOS... II.- REGULAR HONORARIOS... III.- NOTIFÍQUESE..."), por lo que el acuerdo de la Sala dispuso las regulaciones indicadas.

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