ZAVALA RODRIGUEZ GUILLERMO HORACIO C/ SWISS MEDICAL S.A. S/ AMPARO
El actor promovió acción de amparo contra SWISS MEDICAL S.A. por cobertura de medicamento (Adalimumab 40 mg) y cuestionó la regulación de honorarios aplicando un monto vinculado al valor del medicamento. El Superior Tribunal de Justicia de San Luis rechazó el recurso extraordinario por arbitrariedad y sostuvo que el amparo carece de contenido económico, por lo que la fijación de honorarios debe ajustarse a las pautas legales y discretas previstas.
¿Quién es el actor?
ZAVALA RODRÍGUEZ GUILLERMO HORACIO.
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción de amparo por la cobertura de la droga Adalimumab 40 mg (suministro vitalicio/periodicidad indicada), y controversia sobre la regulación de honorarios tomando como base el valor del medicamento.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el Recurso Extraordinario de Inconstitucionalidad por arbitrariedad de sentencia interpuesto por el actor; costas por su orden; refoliar el expediente desde foja 440.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es que de ningún modo podría receptarse la pretensión del recurrente de considerar que la sentencia carece de sustento suficiente para su descalificación como acto jurisdiccional válido, cuando surge manifiesto que su motivación es suficiente y razonable y la solución que propicia obedece al criterio que uniformemente mantiene la jurisprudencia y que en lo personal comparto."
"En tales condiciones, razono que la eventual presencia de valores económicos que puedan estar implicados en el reconocimiento del derecho que motivó la acción – valor del medicamento cuya cobertura se acordó – no convierte al amparo, que por su naturaleza carece de contenido económico, en un proceso de contenido patrimonial."
"Ciertamente, no puede soslayarse que el amparo 'tiene por objeto la efectiva protección de derechos.' (Del dictamen de la Procuración General, al que remitió la CSJN en Asociación de Esclerosis Múltiple (Salta) vs. Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación y Estado Nacional s. Acción de amparo - Medida cautelar. Fecha: 18/12/2003, Base de Datos de Jurisprudencia de la CSJN, Fallos 326:4931), y presumo que en esta inteligencia el amparista esgrimió su pretensión referida a 'la violación del derecho constitucional a la salud íntimamente relacionado con el derecho a la vida y al principio de autonomía personal' (cfr. fs. 13)."
"A los fines de regular los honorarios de los letrados intervinientes en una acción de amparo, resulta improcedente la pretensión de que sean determinados en base a la suma reclamada en la demanda, puesto que el amparo es un proceso sin monto litigioso, y aun cuando directa o indirectamente pueda tener significancia pecuniaria para quien pretenda la declaración o el reconocimiento de un derecho, carece de contenido económico." (cita jurisprudencial incluida en el voto)
¿Cómo votaron los jueces?
Vocales Novillo, Uría y Flores votaron en igual sentido; no se registran disidencias.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.