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Tribunal Superior

INTERPONE RECURSO DE QUEJA EN AUTOS CARATULADOS PEX 166022/14 MARTIN HAIDY -ROBO - RECURSO DE CASACION.-

El Procurador General Subrogante Dr. Mario Néstor Zudaire solicitó excusarse de intervenir en el expediente por haber intervenido anteriormente como Fiscal de Cámara en la misma causa por robo. El Superior Tribunal hizo lugar a la excusación, disponiendo el pase del asunto al subrogante legal correspondiente por hallarse configurada la causal prevista en los arts. 17 inc. 7º, 30 del CPC y 27 del CP Crim.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
ERE 166022/2
Excusacion Procurador general subrogante Fiscal de camara Conflicto de funciones Apartamiento Pex 166022/14 Robo Art. 17 inc. 7? cpc Art. 30 cpc Art. 27 cp crim.

¿Quién es el actor?

Dr. Mario Néstor Zudaire, Procurador General Subrogante, quien solicita su excusación.

¿A quién se demanda?

Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis (solicitud dirigida al tribunal que entiende en el expediente PEX 166022/14, causa “MARTÍN HAIDY – ROBO – RECURSO DE CASACIÓN”).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicita el apartamiento/excusación del Dr. Zudaire para emitir el dictamen requerido en el expediente por haber intervenido con anterioridad como Fiscal de Cámara en la misma causa.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excusación solicitada y se ordenó el pase al subrogante legal que corresponda. (Resolución firmada por los Sres. Ministros Novillo, Uría y Tardieu de Quiroga).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que en fecha 05-12-16, mediante Actuación N° 5024356/15, el Sr. Procurador General Subrogante Dr. Mario Néstor Zudaire, solicita se lo excuse de emitir el dictamen requerido, por haber emitido opinión con anterioridad, como Fiscal de Cámara en esta misma causa judicial, sobre el recurso de queja, en su momento interpuesto por apelación denegada en primera instancia, resuelto en esta segunda instancia mediante el auto interlocutorio Nº 44 del 19 de abril de 2016 (Actuación 5447369).

2) Que analizadas las constancias de autos y surgiendo de los mismos, que el excusado ha intervenido como Fiscal de Cámara, emitiendo dictamen según Actuación N° 5240507/16 de fecha 07-03-16, corresponde en consecuencia, admitir el apartamiento solicitado, atento encontrarse configurada la previsión legal de los arts. 17, inc. 7º, art. 30 del CPC y 27 del CP Crim.

Por ello, SE RESUELVE: I) Hacer lugar a la excusación formulada por el Dr. MARIO NESTOR ZUDAIRE. II) Pase al subrogante legal que corresponda.REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.-"

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