JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

BLANCO ALEJANDRA PATRICIA C/ PRATTO VIVIANA GRACIELA Y OTRO S/LABORAL -RECURSO DE CASACION-

La actora promovió recurso de casación contra la sentencia de Cámara en un proceso laboral reclamando indemnizaciones y aplicabilidad de normas laborales. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por improcedente, entendiendo que los agravios planteados son esencialmente probatorios y no constituyen causal legal de casación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 237326/12
Laboral Recurso de casacion Improcedencia Prueba Arbitrariedad Lct Art. 458 cpc y c. Excepcion de falta de legitimacion pasiva Costas Sentencia de segunda instancia

¿Quién es el actor?

Blanco Alejandra Patricia (actora recurrente en casación).

¿A quién se demanda?

Pratto Viviana Graciela y otro (codemandadas en la causa laboral).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la sentencia de segunda instancia en materia laboral; impugnan la condena al pago de indemnización, vacaciones, SAC y multas; alegan omisión en el tratamiento de la excepción de falta de legitimación pasiva y errónea interpretación/aplicación de normas (arts. 14, 23, 63 LCT; art. 458 CPC y C.; normas del CCyC; Constitución provincial y nacional).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto; se impusieron las costas a las recurrentes vencidas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es así, que bajo la pretensión de haberse omitido, o aplicado erróneamente una disposición legal, se traen a examen de este Alto Cuerpo cuestiones que por su naturaleza, son ajenas a la casación y no pueden ser consideradas."

"Toda la argumentación de las recurrentes, está encaminada a justificar la arbitrariedad del fallo por diversas causas (omisión de resolver una cuestión planteada, merituación irrazonable de la prueba, apartamiento de las reglas de la sana crítica, etc…), y: 'la tacha de arbitrariedad –doctrina admitida como creación pretoriana por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y seguida por este Tribunal- no es hábil ni suficiente para fundamentar un recurso de casación civil.'"

"Si de la lectura del recurso de casación se advierte que se plantean cuestiones de naturaleza esencialmente probatoria; estas son ajenas a la Casación según pacífico criterio de este Alto Cuerpo, puesto que la finalidad institucional de este carril impugnatorio busca el cumplimiento de la ley, la unificación de la interpretación del derecho y por ende debe aprehender los hechos como vienen relatados por los jueces de grado."

Bloque dispositivo final (texto íntegro de la parte resolutiva): "SE RESUELVE: I) Rechazar del recurso de Casación interpuesto. II) Costas a las recurrentes vencidas. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión fue tomada por unanimidad de los Sres. Ministros Dres. OMAR ESTEBAN URÍA, LILIA ANA NOVILLO y BEATRIZ AGUSTINA TARDIEU DE QUIROGA.

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.