ORTEGA GUSTAVO ALEJANDRO C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL DOC NRO 26-O-11
El actor interpuso un Recurso Extraordinario de Inconstitucionalidad por Sentencia Arbitraria contra la decisión de la Cámara en causa de Riesgos del Trabajo, cuestionando la aplicación de la fórmula Vuotto y la indemnización tarifada. El Superior Tribunal de Justicia de San Luis rechazó el recurso por carecer de entidad constitucional suficiente y confirmó la adecuada aplicación de la normativa y precedentes que impiden reclamar reparación integral cuando la acción se fundó en la Ley 24.557.
¿Quién es el actor?
Ortega Gustavo Alejandro.
¿A quién se demanda?
Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se impugna la sentencia de la Cámara (R.L. LABORAL N° 56/2015, de fecha 02/07/2015) mediante Recurso Extraordinario de Inconstitucionalidad por Arbitrariedad de Sentencia, cuestionando la interpretación sobre la aplicabilidad de la fórmula Vuotto II y la pretensión de reparación integral frente a indemnización tarifada conforme a la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT).
¿Qué se resolvió?
El Superior Tribunal de Justicia rechazó el Recurso Extraordinario de Inconstitucionalidad por Sentencia Arbitraria interpuesto por el actor y dispuso las costas a su cargo. (Resolución de fecha 19/06/2017; expediente IURIX 219541/11).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Conforme a tales precedentes, el agravio del actor carece de entidad suficiente para dar fundamento a la arbitrariedad de sentencia. Es que si se accionó en los términos de la LRT, solo puede reclamarse la indemnización tarifada, y no la que es propia de quien acciona por la vía del derecho común (fórmula Vuotto II)."
"Por ello, y dado que la sentencia venida en recurso, ha sido debida y razonadamente fundada en derecho, VOTO a esta PRIMERA CUESTIÓN por la NEGATIVA."
"SE RESUELVE: I) Rechazar el Recurso Extraordinario de Inconstitucionalidad por Arbitrariedad de Sentencia, interpuesto por el actor. II) Costas al recurrente vencido. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
Unanimidad de los Sres. Ministros Lilia Ana Novillo, Omar Esteban Uría y Gloria Olga Sosa Lago de Tarazi; no consta disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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