JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

LABORATORIO CUENCA S.A. C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA DE MERLO - DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA.-

El excusante, Ministro Dr. Omar Esteban Uría, se apartó por vinculación de parentesco con representantes de la parte demandada en causa contencioso administrativa. El Superior Tribunal aceptó la excusación por configurarse la causal prevista en el art. 17 inc. 1º y dispuso su registro y notificación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 281742/15
Excusal Recusacion Conflicto de intereses Parentesco Art. 17 inc. 1? Contencioso administrativo Municipalidad de villa de merlo Laboratorio cuenca s.a. Intervencion judicial Resolucion interlocutoria

¿Quién es el actor?

LABORATORIO CUENCA S.A.

¿A quién se demanda?

MUNICIPALIDAD DE VILLA DE MERLO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda contencioso administrativa (expediente IURIX N° 281742/15).

¿Qué se resolvió?

Aceptar la excusación formulada por el Sr. Ministro Dr. Omar Esteban Uría y registrar y notificar la resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que en fecha 03/07/2017, mediante actuación Nº 7464029, el Sr. Ministro del Superior Tribunal, Dr. OMAR ESTEBAN URÍA se excusa de intervenir en la presente causa advirtiendo que sus hijos, los Dres. PABLO ANDRÉS URÍA y LUCIANA URÍA, con quienes se encuentra vinculado por parentesco en 1° grado de consanguinidad, se encuentran actualmente con poder de representación de la demandada."

"2) Que, en efecto, de autos surge la actuación de los mencionados responsables por lo que, conforme a lo manifestado y a lo ya resuelto en autos MUNICIPALIDAD 'MERCAU DE LA MARÍA VILLA DEL ROSARIO MERLO – y OTRO – DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD' - IURIX N° 187075/10, S.I. Nº 183/14 (15/05/14)-, procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal en la causal del art. 17 inc. 1º."

"SE RESUELVE: Aceptar la excusación formulada por el Sr. Ministro del Superior Tribunal, Dr. OMAR ESTEBAN URÍA. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

(La presente Resolución se encuentra firmada digitalmente por los Sres. Ministros Dres. LILIA ANA NOVILLO, MARTHA RAQUEL CORVALÁN y CARLOS ALBERTO COBO.)

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.