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Tribunal Superior

PEREZ PINTO TULA MARIA CAROLINA C/ PROVINCIA DE SAN LUIS-CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - INCIDENTE DE EJECUCION DE SENTENCIA.-

La Fiscalía de Estado solicitó el reintegro al patrimonio provincial de $209.115,66 depositados en cuenta de la actora en el incidente de ejecución de sentencia. El Superior Tribunal de Justicia resolvió no hacer lugar al pedido, por entender que esa suma ya integra el patrimonio de la actora por resolución previa (STJSL-S.J.-S.I. N° 189/16).

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
INC 186665/1
Incidente de ejecucion Reintegro Patrimonio Aportes y contribuciones Contaduria general Resolucion previa stjsl n? 189/16 Provincia de san luis Fiscalia de estado $209.115 66 Interlocutorio

¿Quién es el actor?

Fiscalía de Estado (peticionante en el incidente) solicitando reintegro; la actora originaria es María Carolina Pérez Pinto.

¿A quién se demanda?

Provincia de San Luis (contra quien se peticiona el reintegro en el incidente de ejecución).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro al patrimonio provincial del dinero depositado en nueva cuenta a nombre de la actora por la suma de $209.115,66, atento a la supuesta cancelación de deuda por aportes y contribuciones de la seguridad social.

¿Qué se resolvió?

No hacer lugar a lo solicitado por Fiscalía de Estado; se rechaza el pedido de reintegro por $209.115,66.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, la suma de $ 209.115,66.- (pesos doscientos nueve mil quinientos quince con sesenta y seis centavos), ha sido reintegrada a la actora por Resolución N° STJSL-S.J.-S.I. N° 189/16, de fecha 11 de mayo de 2016 (fs. 164/sub 165), en virtud de que la misma le fue indebidamente retenida en oportunidad de liquidar los aportes correspondientes. Por lo que la misma integra el patrimonio de la actora y cualquier disposición en contrario, atentaría contra ello."

"Que a fs. sub 170, se presenta Fiscalía de Estado y solicita que sea reintegrado al patrimonio provincial, el dinero depositado en la nueva cuenta abierta a nombre de la actora y que asciende a la suma de $ 209.115,66.- (pesos doscientos nueve mil ciento quince con sesenta y seis centavos). Ello, en virtud de lo informado por la Contaduría General de la Provincia a fs. sub 161 último párrafo, de donde surge que la deuda en concepto de aportes y contribuciones de la seguridad social ha sido cancelada en su totalidad."

Dispositivo transcrito textualmente: "SE RESUELVE: No hacer lugar a lo solicitado por Fiscalía de Estado a fs. sub 170.REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos disidentes; la Dra. Lilia Ana Novillo se excusó de firmar.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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